NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (18/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de setiembre de 2010 425976 originalidad dentro de la tradición musical aymara y por su antigüedad, contribuyen a la afi rmación de la identidad colectiva regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 544400-1 Modifican artículo de la Resolución Directoral Nacional Nº 083/INC, que declara Patrimonio Cultural de la Nación a la zona arqueológica monumental Fortaleza de Paramonga RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1925/INC Lima, 3 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 083/INC de fecha 19 de enero de 2006, se declara patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Fortaleza y Anexos, Cerro La Horca y Cementerio La Horca, ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 1005-2010-CSBG-SDIC- DA-DREPH/INC de fecha 14 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda modifi car el artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional Nº 083/INC de fecha 19 de enero de 2006 y aprobar los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos Fortaleza de Paramonga, Anexo 1 y Anexo 2; Que, mediante Acuerdo Nº 0601 de fecha 18 de mayo de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 083/INC de fecha 19 de enero de 2006, y aprobar los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos Fortaleza de Paramonga, Anexo 1 y Anexo 2, ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modificada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 083/INC de fecha 19 de enero de 2006, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica monumental Fortaleza de Paramonga y a los sitios arqueológicos Anexo 1, Anexo 2, Cerro La Horca y Cementerio La Horca, ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima.” Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del monumento arqueológico prehispánico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Fortaleza de Paramonga PP-026-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 PP-026-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 Sector 1: 45146.10 Sector 2: 10605.96 Sector 3: 73681.24 Sector 4: 861.17 Sector 1: 4.5146 Sector 2: 1.0605 Sector 3: 7.3681 Sector 4: 0.0861 Sector 1: 918.38 Sector 2: 406.57 Sector 3: 1441.36 Sector 4: 123.27 PTOP-004-INC- DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 PTOP-004-INC- DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 Anexo 1 PP-027-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 PP-027-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 10781.83 1.08 468.33 PTOP-005-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 PTOP-005-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 Anexo 2 PP-028-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 P-028-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 5709.96 0.57 350.02 PTOP-006-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD 56 PTOP-006-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS 84 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 544400-2 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Tacna, Lambayeque, Lima y Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1926/INC Lima, 3 de setiembre de 2010