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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de agosto de 2011 447973 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Escuela de Conductores Integrales Perú Sociedad Anónima Cerrada - ECI PERÚ S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la provincia de Tacna RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2298-2011-MTC/15 Lima, 24 de junio de 2011 VISTOS: El Parte Diario Nº 050639 y el Expediente Nº 2011- 009805, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERÚ SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C. solicitando autorización como Escuela de Conductores Integrales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Parte Diario Nº 050639 de fecha 29 de abril de 2011, ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C., en adelante La Escuela, presentó solicitud de autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, ubicado en la Calle Cesar Faucheux, B-01, Pago Silpay del Distrito, Provincia y Región de Tacna; la misma que fue observada mediante Ofi cio Nº 5040-2011-MTC/15.03 de fecha 07 de junio de 2011 y notifi cada a La Escuela en la misma fecha, requiriéndole la subsanación correspondiente en un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante expediente con Reg. SII. Nº 2011- 009805 de fecha 17 de junio de 2011, La Escuela, dentro del plazo legal, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones formuladas en el Ofi cio Nº 5040-MTC/15.03; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores Integrales; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorándum Nº 1704-2011-MTC/15 remitido por la Dirección General de Transporte Terrestre se adjunta el Informe Nº 018-2011-MTC/15.jcb y el acta de la inspección ocular realizada a la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C., al respecto, en el informe antes indicado, se señala que La Escuela cumple con todo lo señalado en la relación de bienes, muebles y enseres, memoria descriptiva, planos de ubicación y de distribución de los locales propuestos; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 300-A- 2011-MTC/15.03.EC.mgr elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, el cual concluye que La Escuela cumple con todos los requisitos para funcionar como Escuela de Conductores, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría II-c; y en consecuencia procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales. Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS Y TALLER TEORICO- PRACTICO DE MECANICA: Calle Cesar Faucheux, B-01, Pago Silpay, Distrito, Provincia y Región de Tacna. CIRCUITO DE MANEJO: Pago Silpay s/n Mz. A, Lt. 03, Distrito, Provincia y Región de Tacna. Horario de Atención : Lunes a Domingo de 08:00 a.m. a 23:00 p.m. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 BAJAJ RE AUTORIKSHA TORITO 4T VEH. AUT. M (L5) MD2AA08D1AWD00585 AAMBSD27474 2009 Z1-6111 2 TOYOTA PROBOX STAT. WAGON (M1) NCP500046373 2NZ3741041 2005 Z1C-118 3 HYUNDAI H-1 M/BUS CMTA RURAL (M2) KMJWA37HAAU196626 D4BH9050062 2009 A7Y-958 5 SCANIA K124 IB 6X2 NB 360 OMNIBUS (M3) 9BSK6X2BF23532892 8013199 2002 A2H-952 7 VOLVO F-12 (6X2) TURBO CAMION (N3) YV2H2FCA5DA028466 TD120FC80775579 1983 WK-2840 8 HYUNDAI HD 65 CAMION (N2) KMFGA17LP8C071515 D4AL7332515 2007 V3I-830 Artículo Segundo.- La empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI PERÚ S.A.C. impartirá los cursos en el local autorizado, con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Luis Alberto Menéndez Gil. Instructor Teórico de Tránsito • Daniel Valdez Valdivia Cargo de Instrucción Docente a cargo Instructor Práctico de Manejo • Alberto Magani Ramos Instructor Teórico – Práctico de Mecánica • Gilberto Juan Quispe Mamani Instructora Teórica- Práctica en Primeros Auxilios • María Salomé Quispe Zambrano Psicólogo • Vidal Eutropio Hurtado Quispe Artículo Tercero.- La empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU SOCIEDAD