Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2011 (04/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de agosto de 2011

calidad de Presidente; un Consejero del CONAFU o un profesor principal designado por este Consejo Nacional quien actuara en calidad de Secretario; y un profesor principal designado por este Consejo Nacional quien actuara en calidad de vocal; Que, con fecha 19 de octubre de 2010 se expidio la Resolucion 451-2010-CONAFU resolviendo que se deje sin efecto la Resolucion Nº 121-2007-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2007 resolucion que aprobo el Reglamento de Concurso Publico de Plazas de Docentes Contratados; prescribiendo en el articulo 18º lo siguiente: El MORDAZA calificador es designado por el Pleno del CONAFU y esta constituido por tres miembros uno de ellos sera Consejero quien la Preside y los otros actuan como Secretario y Vocal respectivamente. Quienes tendran la categoria de docente principal minimamente con grado de magister. Que, del presente caso se puede colegir que existe una colision de normas de igual jerarquia, que regulan un mismo hecho, y estando vigente la Legis en MORDAZA normas es necesario que la MORDAZA que se promulgo anterius a la Legis que regula el mismo hecho se deje sin efecto legal, estando vigente la MORDAZA a posteriori de igual jerarquia, ya que; no contraviene ni se vulnera ningun derecho de la entidad administrativa como del administrado; Que, el articulo 3º letra k) del Estatuto del CONAFU regula que son atribuciones del CONAFU elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos Especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazos de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones concordante con el articulo 10º letra b) del Estatuto del CONAFU. Que, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de MORDAZA de 2011, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 4352011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: dejar sin efecto la Resolucion Nº 564-2009-CONAFU, y todas

las resoluciones que contravienen con la Resolucion 451-2010-CONAFU conforme al MORDAZA de legalidad y jerarquia de normas; Que, en cumplimiento del articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones"; Que, de conformidad con la Resolucion Nº 268-2006CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir resoluciones de tramite, dentro de sus atribuciones, con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; concordante con el articulo 18º letra h) del Estatuto del CONAFU; y los articulos 3º, numerales 2) y 4); 6º numerales 6.1 y 6.2 de la Ley 27444; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJESE sin efecto la Resolucion Nº 564-2009-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2009, y todas las demas resoluciones del CONAFU que se opongan a la presente. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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