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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (04/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de agosto de 2011 447977 autorización a las Escuelas de Conductores, así como modifi car y/o renovar las autorizaciones o disponer su conclusión; Que, el artículo 38º de El Reglamento indica que: “Las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teóricos y prácticos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conducción segura y responsable de los vehículos que circulan dentro del territorio Nacional”; Que La Sexta Disposición Complementaria Final establece que Las Escuelas de Conductores a que se refi ere El Reglamento, por el mérito de la autorización otorgada, podrán impartir los cursos de capacitación de conductores del servicio de transporte de personas y transporte de mercancías a que se refi ere el Reglamento Nacional de Administración de Transportes y el curso de seguridad vial y sensibilización del infractor a que se refi ere el Reglamento Nacional de Tránsito, para cuyo efecto deberán presentar la currícula correspondiente y sujetarse a las disposiciones que le sean pertinentes; Que, La Asociación adjunta la documentación sustentatoria a su solicitud, con lo que cumple debidamente con los requisitos establecidos en El Reglamento, estando corroborado con el Informe Nº 012-2011-MTC/15.WCE de fecha 06 de julio del 2011 de la verifi cación ocular realizada en sus locales de la ciudad de Huancayo; Que, mediante Informe Nº 012-2011-MTC/15.WCE de fecha 06 de julio de 2011, remitido por la Dirección General de Transporte Terrestre, sobre la inspección ocular realizada a la asociación denominada ESCUELA DE MANEJO DE TRANSPORTE Y CARGA EMTC, del cual se advierte que la inspección fue realizada en los locales ubicados en la Tercera cuadra de la avenida Arterial, distrito de Chilca y Cuarta cuadra de la calle Loreto, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, donde funcionará las ofi cinas administrativas, las aulas de enseñanza, el taller de instrucción teórico – práctico de mecánica, el local de recepción N° 01 y el local de recepción N° 02; y en el Circuito Vial ubicado en UPA PUQUIO PRIMERO C.U.C. 30086-Sector Mirafl ores, Valle Mantaro del distrito de Huamancaca Chico, provincia de Chupaca y departamento de Junín, fi nalmente se concluye que dicha empresa cumple con todo lo señalado en la declaración jurada de equipamiento e infraestructura; Que, con el Informe Nº 325-2011-MTC/15.03.EC.rgy de fecha 07 de julio de 2011, de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que se debe expedir el acto administrativo correspondiente a fi n de proceder a la publicación de la autorización de la asociación ESCUELA DE MANEJO DE TRANSPORTE Y CARGA EMTC GENERALES S.A.C, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publicar la autorización de la asociación denominada ESCUELA DE MANEJO DE TRANSPORTE Y CARGA EMTC, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III; y Clase B Categoría II-c; asimismo podrá impartir los cursos de capacitación de conductores del servicio de transporte de personas y transporte de mercancías así como el curso de seguridad vial y sensibilización del infractor a que se refi ere el Reglamento Nacional de Tránsito, en consecuencia procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE MANEJO DE TRANSPORTE Y CARGA EMTC Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE RECEPCIÓN E INFORMACIÓN CUARTA CUADRA DE LA CALLE LORETO, DISTRITO Y PROVINCIA DE HUANCAYO, DEPARTAMENTO DE JUNÍN (REF. JR. LORETO 618- 620) TERCERA CUADRA DE LA AVENIDA ARTERIAL, DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE HUANCAYO, DEPARTAMENTO DE JUNÍN (REF. AV. ARTERIAL N° 310) CIRCUITO DE MANEJO UPA PUQUIO PRIMERO C.U.C. 30086-SECTOR MIRAFLORES, VALLE MANTARO DEL DISTRITO DE HUAMANCACA CHICO, PROVINCIA DE CHUPACA Y DEPARTAMENTO DE JUNÍN Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR En ese sentido La Empresa funcionará con la siguiente fl ota vehicular: N° Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 TOYOTA PROBOX M1 STAT. WAGON NCP510173080 1NZC751159 2007 W2Q-692 2 MITSUBISHI ROSA FUSO M2 OMNIBUS BE438E40021 4D35D95008 1998 UN-1627 3 ASHOK LEYLAND EAGLE M3 OMNIBUS ZNE666893 ZNH569081 2009 W1G-952 4 JAC HFC1035KD N1 CMTA PICK UP LJ11KAAC3A6001540 A4000739 2010 A5F-888 5 CHEVROLET NPR70PL N2 CAMION JAANPR70P97102103 4HE1714917 2008 XP-8099 6 NISSAN CONDOR INTERCOOLING N3 CAMION CM88KE12969 FE6101439D 1991 B3Z-858 7 VICTORIA MOTOR´S VM-125 L5 VEH. AUT. MEN. 8W31G1CA1AA005671 162FMJ89B00153 2010 A7-8631 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo: 07:30 a.m. a 11:30 p.m. PROGRAMA DE ESTUDIOS Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir.