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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (05/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de agosto de 2011 448022 Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, se considera viable el retiro de la condición arqueológica prehispánica del sector y montículos señalados, integrantes del sitio arqueológico Catalina Huanca, a fi n que la empresa pueda utilizar el material existente en dicha área liberada; Que, mediante el Informe Técnico Nº 1662-2011-DA- DGPC/MC, de fecha 14 de julio de 2011, la Dirección de Arqueología concluyó que en atención a lo solicitado y al haberse ejecutado un proyecto de rescate arqueológico que dio como resultado la recuperación y liberación del montículo 6, montículo 7 y el Sector IC, integrantes del Sitio Arqueológico Catalina Huanca y al haberse corroborado mediante la supervisión de campo del Instituto Nacional de Cultura (actualmente Ministerio de Cultura), se recomienda se retire la condición arqueológica de los montículos y el sector citado. Debe tenerse en cuenta que el montículo 6 tiene un área de 2,290.135 m2 y un perímetro de 195.369 m; montículo 7 con un área 9,591.857 m2 y un perímetro de 380.686 m y Sector IC con un área de 319.405 m2 y perímetro de 71.666 m; Que, mediante el Informe Nº 013-2011-DGPC-VMPCIC/ MC de fecha 15 de julio de 2011, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al señor Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Técnico Nº 1662-2011-DA-DGPC/MC de fecha 14 de julio de 2011, solicitando se retire la condición arqueológica prehispánica del montículo 6, montículo 7 y el Sector IC, integrantes del sitio arqueológico Catalina Huanca en mérito al proyecto de rescate aprobado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1997/INC del 30 de diciembre de 2009. Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, encargado de realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC se aprobó la fusión de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2011-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, estableciendo en el literal c) del artículo 10º que los Despachos Viceministeriales tienen entre sus funciones la de “Expedir Resoluciones Viceministeriales en el ámbito de su competencia”; Estando a lo visado por el Director General de Patrimonio Cultural, la Directora General de Asesoría Jurídica y el Director de Arqueología; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296; Ley Nº 29565 - Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Retirar la condición arqueológica prehispánica del montículo 6 con un área de 2,290.135 m2 y un perímetro de 195.369 m; del montículo 7 con un área 9,591.857 m2 y un perímetro de 380.686 m y del Sector IC con un área de 319.405 m2 y perímetro de 71.666 m, integrantes del sitio arqueológico Catalina Huanca, declarado Patrimonio Cultural de la Nación, mediante la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC de fecha 27 de marzo del 2002, en mérito al proyecto de rescate aprobado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1997/INC del 30 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- La empresa Arenera San Martín de Porras S.A, deberá cumplir con las recomendaciones señaladas en la Resolución Directoral Nº 051-DGPC-VMPCIC/MC, de fecha 17 de junio de 2011 que modifi ca la Resolución Directoral Nacional Nº 1997/INC, de fecha 30 de diciembre de 2009. Regístrese y comuníquese. BERNARDO ROCA - REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 673251-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia y designan Jefe de la Oficina General de Enlace MEF del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 545-2011-EF/10 Lima, 2 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 392-2011-EF/43 del 2 de junio de 2011 se designó al señor David Fernando Castrat Garmendia, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV - Jefe de la Ofi cina General de Enlace MEF, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor David Fernando Castrat Garmendia, como Director de Programa Sectorial IV - Jefe de la Ofi cina General de Enlace MEF, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Víctor Hugo Parra Puente en el cargo de Director de Programa Sectorial IV - Jefe de la Ofi cina General de Enlace MEF, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 673685-1 Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 551-2011-EF-15 Lima, 3 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modifi catorias,