Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2011 (07/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 6) del articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, consigna las funciones de las municipalidades provinciales y distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; Que, a traves del literal a) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley N° 29465, se crea el Programa de Modernizacion Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local; Que, en concordancia al Decreto Supremo Nº 190-2010-EF se Aprueban los Procedimientos para el Cumplimientos de Metas y la Asignacion de los Recursos del Programa de Modernizacion Municipal del Ano Fiscal 2011-Meta 2.- Implementar un Programa de Segregacion en la fuente como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios; Que, una de las finalidades del Programa de Modernizacion Municipal, es incentivar a las municipalidades a generar las condiciones favorables al clima de negocios a traves de la mejora en la provision de servicios publicos, infraestructura basica y simplificacion de tramites, entre otros; Que, dichas mejoras, deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de Los Residuos Solidos Urbanos en las municipalidades, que permita la identificacion de las zonas criticas que afecten a la Salud Publica y desmejoren el Ornato Publico; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, adopto el siguiente; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Programa de Segregacion en la Fuente como parte de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios en la Municipalidad Distrital de Pucusana. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Jefatura de Logistica la publicacion y difusion de la presente en el Diario El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 674089-1

Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que debe ser ejercida con sujecion al ordenamiento juridico imperante. Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, asimismo el Articulo 73º y 84º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 - Materias de Competencia municipal establecen en materia de programas sociales, de defensa y promocion de los derechos de los ninos, adolescentes, mujeres y adultos mayores promoviendo la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, estando a los fundamentos anteriores, y de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipales Nº 27972; el Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, aprobo por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 201-2011-MDSJM Articulo Primero.- AUTORICESE la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN LA CUASI PARROQUIA SAN MORDAZA MORDAZA DE HUNGRIA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES", el sabado 13 de agosto de 2011, estableciendose las Inscripciones desde el viernes 5 al jueves 11 de agosto de 2011. Articulo Segundo.- AUTORICESE la celebracion del "TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL SECTOR AMPLIACION 7 DE JUNIO, LOCAL DEL PRONOEI "TRES OSITOS", PAMPLONA ALTA, DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES" el 29 de octubre de 2011, estableciendose las Inscripciones desde el dia lunes 12 de septiembre hasta el jueves 27 de octubre de 2011. Articulo Tercero.- APLIQUESE un descuento por concepto de Pliego Matrimonial aplicado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores para quienes quieran contraer matrimonio Civil Comunitario en las fechas senaladas en el Articulo 1º y 2º de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como Requisitos los siguientes: · Partida de nacimiento actualizada de ambos contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de contrayentes. · MORDAZA Simple del documento de identidad de dos (02) testigos. · Pago del Pliego Matrimonial: S/. 80.00 Nuevos Soles. · Examen Medico Pre Nupcial, que se realizara en el area de Servicios a la Salud: S/. 20.00 Nuevos Soles. PARA CONVIVIENTES: · Partida de nacimiento de uno de los hijos. EXONERACIONES: · Certificado de Solteria. · Examen Pre nupcial siempre y cuando tengan descendientes. Si uno de los contrayentes reside fuera del distrito debera presentar su Certificado de Solteria. Articulo Quinto.- DISPENSAR la publicacion de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que confiere el Articulo 252º del Codigo Civil vigente, debiendo encargarse la Sub Gerencia de Registro Civil la publicacion en el periodico mural de Edictos Matrimoniales. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, la Sub Gerencia de Registro

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion de Matrimonios Civiles Comunitarios
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 201-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 4 de agosto de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 04 de agosto de 2011, el Informe Nº 059-2011-MDSJM-GMRRCC de fecha 01 de agosto de 2011 de la Sub Gerencia de Registro Civil; y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo

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