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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (07/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de agosto de 2011 448159 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA Aprueban Organigrama Estructural e Instrumentos de Gestión de la Municipa- lidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2011-CM/MPR Rioja, 20 de junio de 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Rioja en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18/06/2011, Acuerdo de Concejo Nº 116-2011-CM/MPR; Informes Nº 070-2011- GM/MPR, y Nº 078-2011-GM/MPR emitidos por el Gerente Municipal; Informe Técnico sustentatorio e Informe Nº 003- 2011-MPR/GPP emitidos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; informe de Asesoría Legal Nº 110-2011- AL/MPR, Ordenanza Municipal Nº 012-2011-CM/MPR, que declara en emergencia Administrativa a la Municipalidad Provincial de Rioja. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por la Constitución Política del Perú, Artículo 194º, concordado con el Artículo II Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y Administrativa en asuntos de su competencia, precisando que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo Nº 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que es atribución del concejo aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, así mismo el Artículo 20º establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia. Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades vigente, en su Artículo 9, inciso 3 y 32, es atribución del concejo municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo. Que, el Capítulo I del Título III de la Ley 27972, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión. Control concurrente y posterior, se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia y por los contenidos en la Ley Nº 27444. Las facultades y funciones se establecen en los Instrumentos de Gestión y la Ley 27972. Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organización y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y constituir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de las entidades de la administración pública, y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las entidades de la Administración Pública, los cuales deben ser aprobados por Ordenanza Municipal, siendo ésta atribución del Concejo Municipal. Que a partir del Reglamento de Organización y Funciones, se desprenden el resto de instrumentos normativos que han sido elaborados en función de las necesidades Institucionales de establecer una Estructura Jerárquica que defi na la autoridad y la dependencia de los diversos niveles de la estructura funcional, así como sus niveles remunerativos y los requisitos de los cargos, para implementar un sistema de carrera pública en función de criterios técnicos y en busca de la generación de competitividad institucional, se acompañan los siguientes Instrumentos: Manual de Organización y Funciones – MOF, Clasifi cador de Cargos, Cuadro de Niveles Jerárquicos y su respectiva Escala Remunerativa y el Cuadro de Asignación de Personal - CAP. Que, la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que las municipalidades provinciales o distritales, por única vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del concejo municipal, podrán declararse en emergencia administrativa o fi nanciera, por un plazo máximo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2011- CM/MPR, se declaró en Emergencia Administrativa a la Municipalidad Provincial de Rioja con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones para optimizar los recursos y funciones. Que, la propuesta de la organización interior se ajusta a los lineamientos de política de la actual gestión municipal tendiente a consolidar una administración moderna ágil y simplifi cada, sujeto al bienestar de la población de la provincia de Rioja, así mismo se busca eliminar la duplicidad de funciones entre sus órganos y unidades orgánicas, respetando el marco jurídico de los gobiernos locales, y al proceso de descentralización. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha presentado el proyecto de los nuevos instrumentos de gestión, debidamente sustentados; así como el informe favorable de la Gerencia Municipal, en concordancia con la normatividad vigente. Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º numeral 3), 8), 32); Art. 20, 26, 28, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, y normatividad vigente; con dispensa del Trámite de Legítima y Aprobación del Acta, por mayoría se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, Y LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA Artículo Primero.- APROBAR, el ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, y los Instrumentos de Gestión de la Municipalidad Provincial de Rioja: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), que consta de V Títulos, IX Capítulos, 136 Artículos, V Disposiciones Complementarias, V Disposiciones Transitorias, II Disposiciones Finales; MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) que consta de XI Títulos, VII Disposiciones Generales, II Disposiciones Finales; Clasifi cador de Cargos; Cuadro de Niveles Jerárquicos y su respectiva Escala Remunerativa; CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP), de la Municipalidad Provincial de Rioja. Artículo Segundo.- FACULTAR, al despacho de Alcaldía para que emita las disposiciones y normas necesarias para implementar los Instrumentos de Gestión a que se refi ere el Art. primero de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario Ofi cial de la Región y en la Página Web Institucional: Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Artículo Quinto.- DERÓGUESE todo dispositivo o norma municipal que se oponga en todo o en parte a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MERCEDES TORRES CHAVEZ Alcaldesa 673715-1