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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (07/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de agosto de 2011 448158 Civil y demás áreas involucradas en el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Informática la difusión oportuna de la presente Disposición. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 674251-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban la implementación del Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos ORDENANZA Nº 260-MDS Surquillo, 27 de julio de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: POR CUANTO: Visto, el Dictamen Nº 02-2011-CPMA-CM-MDS de fecha 05.JUL.2011 emitido por la Comisión de Protección del Medio Ambiente del Concejo Municipal, Informe Nº 995-2011-GAJ-MDS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene por fi nalidad representar al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible armónico de su circunscripción, promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314 y sus modifi caciones, establecen que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Los residuos sólidos en su totalidad deberán ser conducidos directamente a la planta de tratamiento, transferencia o al lugar de disposición fi nal autorizado por la Municipalidad Provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes. Las municipalidades distritales son competentes para suscribir contratos de prestación de servicios de residuos sólidos con las empresas indicadas en el inciso 9) del artículo 9º de la citada Ley. Que, el artículo 27º de la misma Ley señala que la prestación de servicios de residuos sólidos por pequeñas empresas o microempresas estará restringida a los residuos del ámbito de la gestión municipal, conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten para promover su participación; Que, de acuerdo al artículo 43º de la citada Ley, las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables que directa o indirectamente generen un benefi cio económico, en favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación. Que, el Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Surquillo tiene como objetivos estratégicos: 1) Incrementar los niveles de educación y sensibilización sanitaria – ambiental en los diferentes sectores de la población, con la fi nalidad de modifi car los hábitos y las conductas de los vecinos que permita minimizar los residuos y la limpieza de la ciudad; 2) Fortalecimiento de las instancias municipales para asegurar la adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos, acorde con la Ley General de Residuos Sólidos y su Reglamento; 3) Desarrollar un programa de generación de empleo en todo el ciclo de vida de los residuos sólidos, incorporando como parte del sistema a las familias segregadoras que realizan esta labor en el Distrito; Que, en el Distrito de Surquillo se genera una gran cantidad de residuos sólidos domiciliarios que tiene un signifi cativo valor de cambio en el mercado del reciclaje por su calidad de reaprovechamiento. Este reaprovechamiento lo realizan actualmente algunas personas de manera informal y en condiciones precarias, utilizando vehículos menores motorizados y no motorizados, generando de esta manera puntos críticos en incrementando los riesgos de salud y deterioro del ambiente, necesitándose un ordenamiento normativo y la promoción de prácticas saludables de reducción, reutilización y reciclaje de residuos sólidos; Que, es política de la gestión municipal contar con un sistema distrital de gestión de residuos sólidos de calidad, efi caz, efi ciente, sostenible, inclusivo y equitativo que comprenda un programa de recolección selectiva de residuos sólidos en todo el Distrito que incentive la segregación en la fuente (hogares y establecimientos comerciales) y permita generar empleo, ingresos, inclusión social y la formalización de recicladores informales a quienes, luego de aprobarse la presente norma, se les denominará RECICLADORES URBANOS; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DISTRITAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Artículo 1º.- APROBAR la implementación del PLAN DISTRITAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, que facilite la recolección selectiva de residuos sólidos en todo el Distrito de Surquillo y promueva la generación de empleo e ingresos, así como la inclusión social y la formalización de los recicladores urbanos. Artículo 2º.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto pueda aprobar e implementar el respectivo Reglamento Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GIANCARLO CASASSA SANCHEZ Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 673798-1