TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de agosto de 2011 448194 fi scal 2011, resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la Ofi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el presente ejercicio fi scal 2011, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina de Administración: a) La facultad de suscribir, en la materia del ámbito de su competencia, convenios interinstitucionales, así como disponer su exclusión o ampliación; b) La facultad de suscribir directivas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria 2011, así como los que regulen actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, tramites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; c) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-5. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el artículo Nº 25º inciso 5) de la Ley Nº 29158; d) Representar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante las autoridades publicas en las que éste tenga que formular petitorios, impugnaciones, solicitudes, reclamaciones, trámites, acciones y procedimientos administrativos en que sea parte interesa o tenga legitimo interés; e) Disponer la cancelación parcial o total de los procesos de selección, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, previo informe favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; f) Aprobar las modifi catorias presupuestarias en el nivel funcional programático, previo informe favorable a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como la suscripción de formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria; g) Aprobar las modifi caciones del Plan Anual de Contrataciones – PAC, dentro de los parámetros regulados en el ordenamiento jurídico; h) Aprobar el proceso de estandarización para la adquisición de bienes y servicios de acuerdo a lo previsto por el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; i) Designar al Comité Especial y resolver los recursos de apelación cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actúe en compras corporativas facultativas como entidad encargada; j) Resolver los recursos de apelación que interpongan los postores en los procesos de selección de Licitación Pública y Concurso Público, convocados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los parámetros regulados en el ordenamiento jurídico; k) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 005 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. l) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP El Secretario General está obligado a dar cuenta mensualmente al Despacho Ministerial, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Articulo 2º.- Delegación de facultades al Jefe de la Ofi cina General de Administración Delegar al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y demás normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar los expedientes de contratación, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; c) Aprobar las bases de los procesos de selección, incluyendo las provenientes de exoneraciones; d) Disponer la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, de conformidad con los parámetros dispuestos en la normativa sobre la materia; e) La suscripción de los contratos con los postores benefi ciados con el otorgamiento de la buena pro, como las modifi caciones posteriores que se incluyeran a éstos, así como disponer la resolución de los mismos por las causales reguladas en la normatividad sobre la materia, con excepción de la suscripción de los contratos que son de competencia del Director de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el artículo 38° inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones; f) La suscripción de convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad o bajo administración estatal; g) Elaborar y proponer a la Secretaría General el proyecto del Plan Anual de Contrataciones - PAC del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus modifi caciones; h) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico; i) Autorizar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial, la que deberá realizarse dentro de los parámetros dispuestos en la normativa sobre la materia; j) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Público que involucren las funciones de la Ofi cina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2011; k) Aprobar el reconocimiento de créditos devengados; l) La suscripción de los contratos administrativos de servicios, así como sus adendas y resolución de los mismos; m) Aprobar el expediente de contratación y las bases administrativas cuando el Ministerio de Trabajo y