Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2011 (11/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2011

Articulo 1°.- Designar al senor Ingeniero Civil MORDAZA MORDAZA VILADEGUT MORDAZA para el ejercicio del cargo de Director de la Direccion de Infraestructura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a todas las Oficinas y Direcciones de la Entidad para el conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 675773-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan ampliacion de local ubicado en la provincia de MORDAZA a la empresa Global Transport S.A., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1809-2011-MTC/15 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2011 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2011-0004996 y 2011-0006670 presentados por la empresa denominada GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 515-2010MTC/15 de fecha 19 de febrero de 2010 se autorizo a la empresa GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA, en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III, en la MORDAZA de Lima; Que, mediante expediente con Reg. SII. Nº 2011004996 de fecha 17 de marzo de 2011, La Escuela, presento solicitud de ampliacion del local para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, ubicado en Av. MORDAZA Marsano Nº 4672, MORDAZA y tercer piso, distrito MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; la misma que fue observada mediante Oficio Nº 3334-2011MTC/15.03 de fecha 30 de marzo de 2011 y notificada a La Escuela el 31 de marzo del mismo ano, requiriendole la subsanacion correspondiente en un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante expediente con Reg. SII. Nº 20110006670 de fecha 14 de MORDAZA de 2011, La Escuela, dentro del plazo legal, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones formuladas en el Oficio Nº 3334-2022-MTC/15.03; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula

las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores; asi como la ampliacion de locales para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorandum Nº 1292-2011-MTC/15 remitido por la Direccion General de Transporte Terrestre se adjunta el Informe Nº 007-2011-DGTT-15/MTC-WCE y acta de la inspeccion ocular realizada a la empresa GLOBAL TRANSPORT S.A. Al respecto, en el informe MORDAZA indicado se senala que La Empresa cumple con todo lo senalado en la relacion de bienes, muebles y enseres, memoria descriptiva, planos de ubicacion y de distribucion del local propuesto; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1752011-MTC/15.03.EC.mcchr elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, el cual concluye que La Empresa cumple con todos los requisitos para autorizar la ampliacion del local para funcionar como Escuela de Conductores, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; y la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion del local a la empresa GLOBAL TRANSPORT S.A. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B Categoria II-c; y en consecuencia procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos:
Denominacion de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRAL GLOBAL TRANSPORT S.A. : Escuela de Integrales. Conductores

Clase de Escuela

Ubicacion del Establecimiento : OFICINASADMINISTRATIVAS, AULAS Y TALLER TEORICOPRACTICO DE MECANICA: Av. MORDAZA Marsano Nº 4672, MORDAZA y tercer piso, distrito MORDAZA de MORDAZA, distrito y provincia de Lima. CIRCUITO DE MANEJO: Km. 21 margen derecha de la Carretera Panamericana Sur, distrito MORDAZA El SalvadorProvincia y Departamento de Lima. Plazo de Autorizacion: Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

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