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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (11/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de agosto de 2011 448270 Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, los Informes Nros. 196, 195 y 194- 2011-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, y los Oficios Nº 2102-2011-P-CSJMD/PJ, Nº 4706-2011-P-CSJI/ PJ, Nros. 1576, 953 y 734-2011-P-CSJAR/PJ, Nº 2634-2011-P-CSJCÑ/PJ y N° 377-2011-P-CSJTU-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios, Ica, Arequipa, Cañete y Tumbes, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Justicia de Madre de Dios, Ica, Arequipa, Cañete y Tumbes mediante los Ofi cios Nº 2102- 2011-P-CSJMD/PJ, Nº 4706-2011-P-CSJI/PJ, Nros. 1576, 953 y 734-2011-P-CSJAR/PJ, Nº 2634-2011-P-CSJCÑ/PJ y N° 377-2011-P-CSJTU-PJ, respectivamente, solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga de órganos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Administrativa Nº 053-2008-CE-PJ, las Comisiones de Magistrados para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales en donde tenga vigencia el nuevo sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente de los Órganos jurisdiccionales, a fi n de proponer las acciones administrativas y de control pertinentes a que haya lugar en sus respectivas sedes; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal en consonancia con el contenido de los Informes Nros. 196, 195 y 194-2011-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, estando en especial a la particular relevancia que tiene para la administración de justicia en el país en el actual proceso de implementación del nuevo sistema procesal penal, resultando conveniente disponer la prórroga de órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Justicia de Madre de Dios, Ica, Arequipa, Cañete y Tumbes, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Octavio Gonzáles Campos por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma que se indican a continuación: Hasta el 30 de setiembre de 2011 Distrito Judicial de Arequipa: - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Camaná. Hasta el 31 de diciembre de 2011 Distrito Judicial de Madre de Dios: - Sala Penal Liquidadora Transitoria de Tambopata. Distrito Judicial de Ica: - Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Ica. - Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Ica. - Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Chincha. - Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Chincha. - Sala Penal Liquidadora Transitoria de Nazca. - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Nazca. - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Pisco. Distrito Judicial de Arequipa: - Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Arequipa. - Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Arequipa. - Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Arequipa. Distrito Judicial de Cañete: - Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete - Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete - Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Mala. Distrito Judicial de Tumbes: - Sala Penal Liquidadora Transitoria de Tumbes. - Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Tumbes; el cual asumirá la carga procesal penal pendiente en liquidación del Juzgado Mixto de la Provincia de Zarumilla. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios, Ica, Arequipa, Cañete y Tumbes; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura de Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios, Ica, Arequipa, Cañete y Tumbes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA DARIO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 675848-4