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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (23/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de agosto de 2011 448870 Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de La Libertad, Lima, Piura y Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 9294-2011 Lima, 18 de agosto de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por EDPYME Raíz S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de cinco (05) ofi cinas especiales; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Extraordinaria de Directorio de fecha 14 de julio de 2011 se aprobó la apertura de las referidas ofi cinas especiales; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de cinco (05) ofi cinas especiales, en los locales señalados en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 9294-2011 Nº Departamento Provincia Distrito Dirección 1 La Libertad Ascope Paiján Pueblo Joven Alto Paiján, Sector San Salvador, Mz 37 Lote 2B – Av. Panamericana Nº 1503 2 Lima Lima Puente Piedra Av. Puente Piedra Nº 425 3 Piura Paita Paita Asentamiento Humano “5 de Febrero” Mz C Lote 1 4 Puno Carabaya Macusani Av. Centenario Nº 500 esquina con Av. Teniente Villanueva 5 Puno Chucuito Desaguadero Jr. Tawantinsuyo Nº 180 681063-1 Autorizan al Banco Continental la apertura de oficinas especiales temporales en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 9295-2011 Lima, 18 de agosto de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos Ofi cinas Especiales Temporales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las referidas Ofi cinas Especiales Temporales; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 115- 2011-DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una Ofi cina Especial Temporal ubicada en la Av. El Derby S/N, Puerta 3, Zona Pelousse, Jockey Club del Perú, Hipódromo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; la cual operará del 18 al 21 de agosto de 2011. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una Ofi cina Especial Temporal ubicada en el Parque de la Exposición - Intersección de las avenidas 28 de Julio y Garcilaso de la Vega, distrito, provincia y departamento de Lima; la cual operará del 08 al 18 de setiembre de 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 681088-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Reconocen la Zona de Protección y Conservación Ecológica denominada “Morro de Calzada” RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 788-2011-GRSM/PGR Moyobamba, 25 de mayo de 2011 VISTO: El Expediente N° 191293, constituido por el Memorando Nº 231-2011-GRSM/ARA, la Nota Informativa N° 005-2011-GRSM/ARA/SGAT-MMLS correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado de un terreno de 1,247.602 has. ubicado en los distritos de Yantaló y Calzada de la provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modifi catorias Ley Nº 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso b) del artículo 62º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala que es función de los Gobiernos Regionales: b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación,