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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de diciembre de 2011 454263 distrito de Catacaos, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes, remitiendo una copia del acta de defunción expedida por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC; Que, el señor abogado ALBERTO QUINTANA DELGADO, fue nombrado mediante Resolución Suprema Nº 062-98-JUS, del 22 de abril de 1998, como Notario del distrito de Catacaos, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario la expedición de la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario Público otorgado al señor abogado ALBERTO QUINTANA DELGADO; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar, por causal de fallecimiento, el título de Notario del distrito de Catacaos, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes, otorgado al señor abogado ALBERTO QUINTANA DELGADO. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI Ministro de Justicia 723931-1 Crean el Premio Nacional de los Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0249-2011-JUS Lima, 1 de diciembre de 2011 VISTO, el Ofi cio Nº 865-2011-JUS/CNDH-SE del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado; Que, conforme al literal i) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, es función del Ministerio de Justicia centralizar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los derechos humanos; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, establece en su artículo 5º que corresponde al Ministerio de Justicia velar por la tutela y vigencia de los derechos humanos, así como también centralizar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los derechos humanos, consagrados en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales, conforme lo dispone el literal d) del artículo 6º del Reglamento acotado; Que, el Consejo Nacional de Derechos Humanos es el encargado de promover, coordinar y difundir la tutela y vigencia de los derechos fundamentales de la persona, teniendo como objetivo coadyuvar al fortalecimiento de las instituciones democráticas del país, a fi n de consolidar el Estado de derecho, como garantía para la vigencia plena y efectiva de los derechos humanos; así como contribuir a crear una sólida conciencia de respeto de los derechos fundamentales de la persona, consagrados en la Constitución Política del Perú y demás normas pertinentes; Que, resulta de interés institucional y nacional reconocer los aportes signifi cativos en la promoción y defensa de los derechos humanos en el país, por parte de aquellas personas naturales, instituciones públicas o de la sociedad civil, que promuevan el respeto, el conocimiento y la vigencia de los derechos humanos, desde la visión de una cultura de paz, de una sociedad democrática y de solidaridad social, a través del ejercicio o enseñanza de buenas prácticas que promuevan tales valores; Que, en tal virtud, el Ministerio de Justicia a través del Consejo Nacional de Derechos Humanos, con el objeto de reconocer el esfuerzo de aquellas personas o instituciones que contribuyan al fortalecimiento de la vigencia y respeto de los derechos humanos, considera conveniente instituir el “Premio Nacional de los Derechos Humanos”, el que será entregado a partir del año 2012, con motivo de la Conmemoración Anual de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en una fecha igual o próxima al 10 de diciembre de cada año; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; el Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y el Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear el Premio Nacional de los Derechos Humanos, que será entregado anualmente a partir del año 2012, como reconocimiento a aquellas personas naturales, instituciones públicas o de la sociedad civil que promueven el respeto, conocimiento y vigencia de los derechos humanos en el país. Artículo 2º.- Entregar el Premio Nacional de los Derechos Humanos cada año, con ocasión de la Conmemoración Anual de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se realiza cada año en una fecha igual o próxima al 10 de diciembre de cada año. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos la elaboración del Reglamento del Premio Nacional de los Derechos Humanos, en el que se establecerán las bases y conformación del jurado califi cador. Dicho Reglamento deberá ser aprobado por el Consejo Nacional de Derechos Humanos en un plazo no mayor a 90 días, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI Ministro de Justicia 723931-2 Institucionalizan la Conmemoración Anual de la Declaración Universal de los Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0250-2011-JUS Lima, 1 de diciembre de 2011 VISTO, el Ofi cio Nº 865-2011-JUS/CNDH-SE del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Declaración Universal de Derechos Humanos fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones