Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 90

454688
POR TANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACION DE LICENCIAS DE EDIFICACION Y DECLARATORIA DE EDIFICACION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Articulo 1.- OBJETO DE LA ORDENANZA. El objeto de la presente Ordenanza es establecer un procedimiento especial y simplificado dentro de un periodo extraordinario para aquellas edificaciones realizadas sin Licencia de Edificacion ejecutadas MORDAZA de la publicacion de la presente Ordenanza y que puedan ser regularizadas cumpliendo con los requisitos que se mencionan en este mismo dispositivo, incentivando con ello la formalidad en las edificaciones con el fin de mejorar la calidad de MORDAZA de los habitantes del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo 2.- ALCANCES Y AMBITO DE APLICACION. Podran acogerse a la presente Ordenanza, las personas naturales o juridicas propietarias de predios urbanos o que por lo menos cuenten con habilitacion MORDAZA aprobada y cuyo derecho de propiedad se encuentre debidamente inscrito en los Registros Publicos; que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion, remodelacion u otros, sin la correspondiente licencia de edificacion y que soliciten la regularizacion de licencia dentro del periodo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 3°.- ORGANOS COMPETENTES El organo competente para conocer los procedimientos normados en la presente ordenanza es la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas quien actua en primera instancia administrativa y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA quien conoce del procedimiento como MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa. Articulo 4º.-VIGENCIA La presente Ordenanza tendra una vigencia de noventa (90) dias calendario contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, no pudiendose iniciar ni tramitar procedimientos de regularizacion vencido el plazo de vigencia. Articulo 5º.- BENEFICIOS La persona natural o juridica que se acojan y regularicen su edificacion al MORDAZA de la presente Ordenanza, podra acceder a los siguientes beneficios: 5.1 Condonacion del 70% de la multa, por construir sin licencia para las edificaciones contempladas en las modalidades A y B, segun Ley Nº 29090. 5.2 Condonacion del 50% de la multa, por construir sin licencia para las edificaciones contempladas en las modalidades C y D, segun Ley Nº 29090. 5.3 Exoneracion del 100% de los pagos por derecho de tramite correspondientes a Declaratoria de Edificacion para las modalidades A y B (excepto aquellas edificaciones mayores de 3 pisos y cuyas areas techadas MORDAZA mayores de 300 m2) segun Ley Nº 29090. 5.4 CUADRO RESUMEN DE BENEFICIOS
MODALIDADES MULTA del 10% Derecho de del V.O. tramite por (Art. 70.3 D.S. Nº 024- REGULARIZACION 2008-VIVIENDA) DE LICENCIA DE EDIFICACION Condonacion del 70% 0.30 % de la UIT (S/. 10.80) 2.26 % de la UIT (S/. 81.36) 3.76 % de la UIT (S/. 135.36) Derecho de tramite por DECLARATORIA DE EDIFICACION

Articulo 6º.- PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. El procedimiento de Regularizacion de Licencia de Edificacion se tramitara segun lo dispuesto en el Articulo 70º del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, modificado mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA. Los procedimientos de Regularizacion de Licencia de Edificacion y Declaratoria de Edificacion, podran tramitarse de forma conjunta o por separado si asi conviniese al derecho del solicitante, y se presentaran con los requisitos que se detallan a continuacion: Para las edificaciones contempladas en las modalidades A, B, C y D indicadas en la Ley Nº 29090 se debera anexar toda la documentacion en original y 3 copias. 1.1 MODALIDAD A y B

1. Formulario Unico de Edificaciones ­ FUE, por triplicado suscrito por el solicitante y los profesionales responsables del proyecto. 2. Vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Juridicas con una anticipacion no mayor a 30 dias naturales, si el solicitante es una persona juridica. 3. Declaracion jurada suscrita por los profesionales responsables que suscriben la documentacion tecnica, en la cual indiquen que se encuentran habilitados para el ejercicio de la profesion 4. Carta de seguridad de Obra firmada por un ingeniero civil colegiado. 5. Documentacion tecnica firmada por el profesional responsable · Plano de Ubicacion y Localizacion. · Planos de Arquitectura. · Memoria Descriptiva. · 01 CD conteniendo la informacion digital 6. Comprobante de pago por el derecho de tramite correspondiente a Licencia de Obra en via de regularizacion: MODALIDAD A 0.30% de la UIT S/. 10.80 Nuevos Soles MODALIDAD B 2.26% de la UIT S/. 81.36 Nuevos Soles 7. Pago de multa de acuerdo a Ley, equivalente al 3% del Valor declarado de la Obra a regularizar Para los casos de Ampliacion, Modificacion o Remodelacion sobre inmuebles que cuenten con Licencia de Obra y/o Declaratoria de Fabrica inscrita en los Registros Publicos, adicionalmente se deberan adjuntar los siguientes requisitos: 8. Plano correspondiente a la Licencia o Fabrica inscrita en los Registros Publicos, es decir, MORDAZA de las obras de ampliacion, modificacion o remodelacion. En caso que se solicite conjuntamente con la Declaratoria de Edificacion ademas debera adjuntar: 9. FUE ­ Declaratoria de Fabrica por triplicado suscrito por el solicitante y profesional responsable 1.2 MODALIDAD C y D a) Formulario FUE ­ Licencia por triplicado suscrito por el solicitante y profesional responsable del proyecto. b) Vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Juridicas con una anticipacion no mayor a 30 dias naturales, si el solicitante es una persona juridica. c) Declaracion jurada suscrita por los profesionales responsables que suscriben la documentacion tecnica, en la cual indiquen que se encuentran habilitados para el ejercicio de la profesion d) Carta de seguridad de Obra firmada por un ingeniero civil colegiado.

Modalidad A

Exoneracion del 100% Exoneracion del 100% 9.71 % de la UIT (S/. 349.56)

Modalidad B

Condonacion del 70%

Modalidad C y D

Condonacion del 50%

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.