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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de diciembre de 2011 455006 Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, por los conceptos denominados “Rubro Otros”, Bonificación Económica por Formulación de Proyectos” y “Rubro Mano de Obra No Calificada - MONC”, a favor de los Organismos Ejecutores del Sector Público y Privado.” Literal b, inciso 1), punto 6.1, Numeral 6 “b) Copia del Contrato de la cuenta de ahorros abierta a nombre del Organismo Ejecutor, ésta cuenta deberá ser mancomunada y a nombre del Representante Legal del Organismo Ejecutor y del Jefe Zonal del Programa Trabaja Perú ….” Artículo 2º.- Incorporar en el inciso 1, punto 5.1, del Numeral 5 de la Directiva “Procedimiento para los Desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 371-2008-TR lo siguiente: “Rubro “MONC”: Aporte económico que comprende los costos de las personas que participan en la ejecución de proyectos financiados o ejecutados por el programa, que no suponen necesariamente formación técnica en actividades vinculadas a la ejecución de proyectos, denominándose a estas personas Participantes.” Artículo 3º.- Incorporar el numeral 8 a la Directiva “Procedimiento para los Desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, el que está redactado de la siguiente manera: “PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA POR CONCEPTO DE MANO DE OBRA NO CALIFICADA 1. La Ofi cina Zonal, consolida los convenios suscritos con los Organismos Ejecutores y lo remite a la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos. 2. La Unidad de Supervisión de Proyectos, consolidará la información de la MONC a ser transferido, quien luego solicitará a la Unidad de Contabilidad la certifi cación presupuestal. 3. La Unidad Contabilidad solicita a la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo la certifi cación presupuestal correspondiente. 4. Obtenida la Certifi cación Presupuestal, la Unidad de Contabilidad la remitirá a la Dirección de Proyectos a efectos que gestione la Resolución Directoral y/o Ministerial para la Transferencia Financiera. 5. El Jefe Zonal o Administrador de Sede Desconcentrada, debe remitir mediante un memorando a la Unidad de Supervisión de Proyectos el Formato OE-12 debidamente visado, en el que consignará el importe de la MONC a ser transferido, para tal efecto la Unidad de Supervisión de Proyectos procederá a lo señalado en el sub numeral 6.2, inciso 5 y 6. 6. La Ofi cina de Administración y Finanzas procederá de acuerdo a lo establecido en el sub numeral 6.3, inciso 6, 7 y 8. 7. El Jefe Zonal deberá llevar un control de los retiros de la cuenta mancomunada por cada convenio suscrito con el Organismo Ejecutor, dicho retiro deberá estar sustentado con la presentación de la planilla de Participantes generados por el sistema respectivo, previa aprobación del Responsable de la Oficina Zonal. 8. Los saldos de los compromisos no ejecutados al concluir el proyectos deberán ser devueltos a la Unidad de Tesorería y ellos a su vez efectuarán la devolución al Tesoro.” Artículo 4º.- Reemplazar, en lo relacionado con las cuentas mancomunadas, el término de “Responsable Técnico” por el término “Jefe Zonal” de la Directiva “Procedimiento para los Desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 371-2008- TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 729233-1 PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifi can y aprueban el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2012, deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano a más tardar el 31 de diciembre de 2011. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestión que se genera por las fi estas de fi n de año, hagan llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, antes del día 26 de diciembre. LA DIRECCIÓN