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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de diciembre de 2011 455920 Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional. Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota anual correspondiente al 2010 del International Council for Science - ICSU. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC a efectuar el pago por un monto de € 1000.00 (un mil y 00/100 euros) que corresponden a la cuota anual de membresía del año 2010 del International Council for Science - ICSU. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 733687-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 462-2011-RE Lima, 26 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 178-2011-CONCYTEC-SG, de fecha 6 de diciembre de 2011, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED. CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo-CYTED desde 1984 junto con 19 países de América Latina, España y Portugal. Que, el objetivo del CYTED es fomentar la cooperación en el campo de la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico para la obtención de resultados científi cos y tecnológicos transferibles a los sistemas productivos y a las políticas sociales y mediante ello facilitar la modernización productiva y mejorar la calidad de vida de la Región Iberoamericana. Que, estudiantes, profesionales y empresarios peruanos vienen participando y recibiendo apoyo de la CYTED para la internacionalización de su trabajo y el desarrollo de la innovación en las empresas peruanas. Que, el artículo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional. Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la contribución al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC a efectuar el pago de la cuota correspondiente al año 2011 por un monto de US$ 35 000.00 (treinta y cinco mil y 00/100 dólares americanos) al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 733687-12 Autorizan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar pago de contribuciones a organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 463-2011-RE Lima, 26 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 1164-2011-JUS/OGED-ODCT del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las contribuciones correspondientes a la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos -COMJIB y al Programa Iberoamericano de Acceso a la Justicia. CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos -COMJIB, organismo que reúne a los responsables políticos del ámbito de la Justicia de los 21 Estados Iberoamericanos; Que, en el marco de la última reunión plenaria (XVII Conferencia de Ministros de Justicia de los Países de Iberoamérica, celebrada en Ciudad de México en octubre del 2010, se acordó la puesta en marcha del Programa Iberoamericano de Acceso a la Justicia que tendrá una duración de tres años, decisión que fue ratifi cada en la XX Cumbre Iberoamericana de Jefes de estado y de Gobierno en Mar del Plata, Argentina en diciembre del 2010; Que, el artículo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las contribuciones a la Conferencia de Ministros de