Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2011 (27/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo sobre Cooperacion en Materia de Produccion, Prevencion del Consumo, Rehabilitacion, Control del Trafico Ilicito de Drogas y Sustancias Psicotropicas y Delitos Conexos entre la Republica del Peru y la Republica de Honduras", fue suscrito el 26 de MORDAZA de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo sobre Cooperacion en Materia de Produccion, Prevencion del Consumo, Rehabilitacion, Control del Trafico Ilicito de Drogas y Sustancias Psicotropicas y Delitos Conexos entre la Republica del Peru y la Republica de Honduras", suscrito el 26 de MORDAZA de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 733687-4

que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional. Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de los adeudos que se mantienen con CITES y la CMS. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de las contribuciones de los organismos internacionales segun la distribucion siguiente: - Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de MORDAZA y Fauna MORDAZA ­ CITES por el monto de US$ 4 036.00 (cuatro mil treinta y seis y 00/100 dolares americanos) para la contribucion correspondiente al ano 2011. - Convencion sobre la Conservacion de Especies Migratorias de Animales Silvestres ­ CMS por el monto de 4 177.00 (cuatro mil ciento setenta y siete y 00/100 euros) para la contribucion correspondiente al ano 2011. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 733687-10

Autorizan a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura efectuar pago de contribuciones a la CITES y a la CMS
RESOLUCION SUPREMA Nº 460-2011-RE MORDAZA, 26 de diciembre de 2011 VISTO: El Oficio Nº 901-2011-AG-DGFFS-(DGEFFS), de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las contribuciones correspondientes a la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de MORDAZA y Fauna MORDAZA ­ CITES y a la Convencion sobre la Conservacion de Especies Migratorias de Animales Silvestres - CMS. CONSIDERANDO: Que, el Peru es miembro de las mencionadas convenciones medioambientales cuyas obligaciones tienen una gran importancia para la conservacion y el uso sostenible de los recursos naturales. Que, el articulo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera

Autorizan al CONCYTEC efectuar pago de cuotas al ICSU y al CYTED
RESOLUCION SUPREMA Nº 461-2011-RE MORDAZA, 26 de diciembre de 2011 VISTO: El Oficio Nº 381-2011-CONCYTEC-P, de fecha 6 de octubre de 2011, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica ­ CONCYTEC, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota anual correspondiente al 2010 del International Council for Science - ICSU. CONSIDERANDO: Que, el Peru es miembro del International Council for Science ICSU, organizacion abocada a la cooperacion internacional para el avance de la ciencia, desde 1925 mediante la Academia Nacional de Ciencias. Que, estudiantes y profesionales peruanos vienen recibiendo becas de estudio en el MORDAZA de las ciencias con fondos provenientes de la mencionada institucion, asi como apoyo en la organizacion de actividades y eventos cientificos que se han realizado en el Peru durante los ultimos anos. Que, el articulo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro;

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