Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2011 (27/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2011

del Fondo de Garantia dentro de los veinte (20) dias de publicada la presente Resolucion. Cuarta.- Inicio de las actividades del Fondo de Garantia MORDAZA de su inscripcion en los Registros Publicos En tanto el Fondo de Garantia no sea inscrito en los Registros Publicos, el consejo directivo, su Presidente y secretario tecnico podran ejercer las funciones que se establecen en el presente Reglamento. Los actos que realicen en ejercicio de sus funciones no requieren ratificacion. Quinta.- Acatamiento de resoluciones judiciales y laudos arbitrales Las resoluciones judiciales o laudos arbitrales que ordenen la ejecucion del Fondo de Garantia a favor de un comitente que se dicten MORDAZA del inicio de actividades del Administrador del Fondo de Garantia seran acatados por la Superintendencia del MORDAZA de Valores, en su condicion de MORDAZA de los recursos del Fondo. Sexta.- Renovacion de colocaciones financieras Mientras el Administrador del Fondo de Garantia no inicie sus operaciones, la Superintendencia del MORDAZA de Valores, a traves de la Oficina General de Administracion, cautelara los depositos bancarios, bonos, instrumentos financieros y demas inversiones del Fondo de Garantia, actuando con la diligencia ordinaria, quedando facultada para renovar o recolocar tales instrumentos a traves de dicha Oficina, sin perjuicio de las demas atribuciones propias de dicha gestion. Asimismo, dicha Oficina continuara realizando la captacion de recursos del Fondo de Garantia, llevando los registros contables de este y realizando los procesos legales que requiera, quedando autorizada para cubrir, con cargo a los recursos del Fondo de Garantia, los gastos que resulten necesarios. Septima.- De las facultades otorgadas a la Superintendente en tanto no se transfiera el Fondo al Administrador Mediante Resolucion de Superintendente del MORDAZA de Valores podra resolverse cualquier situacion no prevista en las presentes normas, para facilitar que el Administrador del Fondo de Garantia inicie sus operaciones, cautelar los recursos del Fondo de Garantia y garantizar el cumplimiento de la Ley, otorgando para ello, de ser necesario, las facultades de representacion tanto generales como especiales, establecidas en los articulo 74 y 75 del Codigo Procesal Civil, respectivamente, ante entidades externas, autoridades administrativas, judiciales y centros de conciliacion, para el inicio y/o continuacion de procesos judiciales, procedimientos administrativos, procedimientos de conciliacion extrajudicial y de disponer del derecho materia de conciliacion en funcionarios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores. Dicha facultad podra ejercerse hasta que el Administrador del Fondo de Garantia hubiere iniciado sus operaciones. Articulo 2°.- Derogar el Regimen aplicable a la Administracion Temporal del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA aprobado por la Resolucion CONASEV N° 80-2008-EF/94.01.1. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores (www.smv. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 733688-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncias de jueces de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Norte
PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 105-2011-P-CE-PJ MORDAZA, 20 de diciembre de 2011 VISTO: El Oficio Nº 4878-2011-CSJAN/PJ cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante el cual remite la solicitud de renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de Huaraz; con certificacion de firma ante el Secretario de la Presidencia de la referida Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Primero: Que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Instructor del Distrito Judicial de MORDAZA, a partir del 31 de diciembre del ano en curso, nombrado por Resolucion Suprema Nº 224-84-JUS de fecha 8 de MORDAZA de 1984. Posteriormente, reincorporado como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal del referido Distrito Judicial mediante Resolucion Administrativa Nº 172-2004P-CSJAN/PJ de fecha 18 de MORDAZA de 2004, actualmente desempenandose como Juez Superior provisional de la Primera Sala Penal de la mencionada Corte Superior. Segundo: Que el cargo de juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107º, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero: Que sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, a partir del 31 de diciembre del ano en curso, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Juez Especializado Penal de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, desempenandose actualmente como Juez Superior provisional del mencionado Distrito Judicial. Sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion; y, agradeciendosele por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 733351-1

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