Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5°.- El mencionado Personal MORDAZA revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- El citado Oficial Superior esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a la exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa
735039-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO N° 245-2011-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 24 de MORDAZA del 2006, el Estado de la Republica del Peru (Concedente), representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actua a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, y DP World Callao S.A., actualmente DP World Callao S.R.L. (Concesionario), suscribieron el Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur, en el cual se senala, entre otros, la obligacion que asume el Concesionario de transferir en dominio fiduciario la Inversion Complementaria Adicional (ICA), de acuerdo a los terminos y condiciones establecidos en dicho contrato; Que, en el MORDAZA del citado Contrato de Concesion, con fecha 16 de octubre de 2006 se suscribio el Contrato de Fideicomiso en Administracion, en virtud del cual DP World Callao SRL (Fideicomitente) transfirio al Banco Continental (Fiduciario) el dominio fiduciario de la Inversion Complementaria Adicional, con la finalidad de que, bajo las ordenes a ser impartidas por la Autoridad Portuaria Nacional (Fideicomisario), el Fiduciario administre la correcta y oportuna aplicacion de

la Inversion Complementaria Adicional en el desarrollo de las Inversiones del Fideicomiso, las cuales incluyen el mejoramiento y ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao ­ MORDAZA Sur; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 316-2009EF se aprobo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 185 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el Proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao, estableciendo que la Unidad Ejecutora del referido Proyecto es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 22 de marzo de 2010 se suscribio el Contrato de Credito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, con la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, mediante el cual se establecieron los terminos y condiciones bajo los cuales el Banco de la Nacion otorga el credito bajo la modalidad de prestamo al Ministerio de Economia y Finanzas, destinado a financiar parcialmente el Proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao; Que, el Contrato de Credito senala que el servicio de la deuda sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con los recursos que para tal efecto proporcione la Autoridad Portuaria Nacional con cargo a los flujos futuros que se generen en el MORDAZA del Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur, a traves del Contrato de Fideicomiso en Administracion citado anteriormente; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 2452010-EF/75 de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se autorizo la suscripcion del Convenio de Traspaso de Recursos, entre el Ministerio de Economia y Finanzas y la Autoridad Portuaria Nacional, estableciendose los terminos y condiciones del traslado de fondos para la atencion del servicio de la deuda derivada de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 316-2009-EF, cuyo convenio fue suscrito con fecha 20 de MORDAZA de 2010; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2010 se suscribio la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso en Administracion entre DP World Callao S.R.L., el Banco Continental y la Autoridad Portuaria Nacional, para efectos de la atencion del servicio de la deuda del credito MORDAZA indicado; Que, de acuerdo al Contrato de Fideicomiso en Administracion y su Primera Adenda, el Banco Continental en su calidad de Fiduciario, ha procedido a atender las obligaciones correspondientes al primer y MORDAZA semestre de 2011 de la operacion de endeudamiento interno MORDAZA descrita, que comprende el pago de la Cuota MEF mas intereses por el monto de UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 66/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 733 269,66) y el pago de la Comision de Gestion por el monto de DOCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 19/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 12 776,19), asi como el pago de la Cuota MEF por el monto de TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 28/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 833 299,28) y el pago de la Comision de Gestion por el monto de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 21/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 29 529,21), resultando un monto total de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVENTA Y SIETE Y 02/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 681 097,02), que han sido abonados a las cuentas corrientes del Ministerio de Economia y Finanzas en el Banco de la Nacion; Que, el literal b) del articulo 6º de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del

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