Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

456163

Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que la incorporacion de los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesion, se efectua mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, en observancia de la citada MORDAZA legal, resulta necesario autorizar, via Credito Suplementario, la incorporacion de los referidos recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, correspondientes al servicio de la deuda de la operacion de endeudamiento interno MORDAZA descrita; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 681 098,00), correspondiente al pago del servicio de la deuda de la operacion de endeudamiento interno aprobada por Decreto Supremo Nº 316-2009-EF que financia parcialmente el Proyecto "Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao", de acuerdo con el siguiente detalle:
En Nuevos Soles INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran a consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingreso, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
735039-1

1 : RECURSOS ORDINARIOS

5 681 098,00 5 681 098,00 =========== En Nuevos Soles

TOTAL INGRESOS

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL : GOBIERNO CENTRAL 214 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL 001 : AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL 15 : TRANSPORTE 035 : TRANSPORTE HIDROVIARIO

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Poder Judicial en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO Nº 246-2011-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, modificado mediante Decreto de Urgencia N° 041-2011, autoriza al Ministerio Publico, Ministerio del Interior y al Poder Judicial, a otorgar un MORDAZA por Desempeno por el cumplimiento de metas y objetivos institucionales a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en la Policia Nacional del Peru en calidad de efectivo policial, en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, y en las dependencias jurisdiccionales del Poder Judicial. La referida MORDAZA dispone, asimismo, que el monto de los recursos a distribuirse a traves de dicho MORDAZA sera equivalente hasta el uno por ciento (1%) de la planilla de remuneraciones anualizada y debera ser otorgado en el mes de diciembre de 2011, en funcion a la evaluacion, medicion y calificacion del desempeno de las respectivas dependencias; Que, en dicho MORDAZA, el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo los reglamentos para el otorgamiento del referido MORDAZA por Desempeno a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, en la Policia Nacional del Peru en calidad de efectivo policial, y en las dependencias jurisdiccionales del Poder Judicial, mediante los Decretos

0071 : PUERTOS Y TERMINALES FLUVIALES Y LACUSTRES ACTIVIDAD 000012 : ADMINISTRACION DEUDA INTERNA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS SERVICIO DE LA DEUDA 2.8 Servicio de la DeudaPublica TOTAL EGRESOS

5 681 098,00 5 681 098,00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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