Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno del Poder Judicial, es definido en funcion a la existencia de las dependencias correspondientes. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas
735039-2

Aprueban Operacion de Endeudamiento Interno y de Administracion de Deuda
DECRETO SUPREMO Nº 247-2011-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 0522009, se declaro de necesidad nacional el Proyecto de Inversion Publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao", cuya ejecucion esta a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el periodo 2009-2011; Que, mediante el numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 3 216 462 462,00 (TRES MIL DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas acordara una operacion de endeudamiento interno con el Banco de la Nacion hasta por la suma de S/. 85 000 000,00 (OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar parcialmente el proyecto "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta - Callao", en concordancia con lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 052-2009; Que, tal endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "Prestamos, avales u

otros financiamientos", referido en el literal b) del numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 29627; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en los numerales 20.1 del Articulo 20º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias y la Ley Nº 29627; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36º de la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de MORDAZA, las cuales no se encuentran sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano Amortizable SB04ENE26A; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, la Direccion General de Politica de Inversiones y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la contrapartida nacional requerida para la aludida operacion de endeudamiento interno, se cuenta con la opinion favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal I) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, la Ley Nº 29627, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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