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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de diciembre de 2011 456148 Que, el artículo 37º de la Ley del procedimiento administrativo general Ley Nº 27444, establece que todas las entidades elaboran o gestionan la aprobación según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) conteniendo todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el procedimiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá de consignarse expresamente con indicación de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, documento de gestión que deberá de incluir además todo el contenido detallado de dicha norma; Que, a su vez el artículo 38º del cuerpo legal en comentario, establece que en el caso de municipalidades el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Ordenanza Municipal, siendo obligatorio su publicación en los plazos y oportunidades fi jados en la norma en comentario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007–PCM se aprobaron los Lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) estableciéndose su aplicación obligatoria para todas las entidades de la administración pública incluidos los Gobiernos Locales, lineamientos que tienen por fi nalidad permitir que dicho instrumento de gestión cumpla con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplifi cadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas entidades administrativas del Estado; Que, a su vez mediante Decreto Supremo Nº 062- 2009- PCM se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) estableciéndose que éste es de observancia obligatoria para todas las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura jurídica municipal por medio de las cuales se aprueba entre otros temas, las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, precisándose asimismo que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen y exoneran los arbitrios, tasas, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos en la Ley; Que, la norma glosada en el párrafo precedente establece que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipales Provinciales de su circunscripción para su vigencia y efi cacia; Estando a lo expuesto, en su uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, LOS MONTOS DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS Y SU ESTRUCTURA DE COSTOS SUSTENTATORIOS Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Chancay y sus anexos adjuntos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la condonación total del derecho de trámite correspondiente a los procedimientos señalados de acuerdo a Ley como gratuitos y la condonación parcial del derecho de trámite correspondiente a aquellos procedimientos en los que se ha reducido su monto por debajo del costo del procedimiento conforme se detallan en el Texto Único de Procedimiento Administrativos. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Ofi cina de Secretaría General para que con arreglo a sus atribuciones y responsabilidades funcionales, proceda a la publicación y difusión de la presente Ordenanza así como de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que lo ratifi que, debiendo publicarse asimismo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa – PSCE, y en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaral que ratifi que la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 733439-2 Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2011-MDCH Chancay, 11 de agosto del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En la Sesión de Concejo Extraordinaria de la fecha, el Informe N° 317-2011-MDCH/ALE- MCV, mediante el cual el Asesor Legal Externo pone a consideración el proyecto de Ordenanza que modifi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA-, de la Municipalidad Distrital de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con los límites de la propia Carta Magna y su Ley Orgánica les impone; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2010- MDCH, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Chancay, los montos de los derechos administrativos y su estructura de costos sustentatorios; Que, resultando necesaria la modifi cación de parte de los procedimientos regulados por el TUPA de nuestra institución para adecuarlos a la normativa vigente corresponde que de conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley del procedimiento administrativo general, Ley Nº 27444, se apruebe dicha modifi cación mediante Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APRUÉBESE la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de Chancay conforme a los términos contenidos en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- REMÍTASE la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Huaral, para su ratifi cación correspondiente. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 733439-1