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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de diciembre de 2011 456158 ANEXO 2-ORDENANZA Nº 013-2011-MDSDO-H-CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION SANCION PECUNIARIA NO PECUNIARIA 19- EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Formales: 19-0101 No presentar la documentación requerida por Autoridad Municipal Suspensión de Actividad Sustantivas: 19-0102 1. Contravenir las Disposiciones de la presente Ordenanza y otros 50 % UIT 19-0103 2. Reincidir en infracción formal o desacatar el requerimiento 50 % UIT Graves: 19-0104 1. Presentar o utilizar documentos falsos o adulterados 1 UIT Inhabilitación 1 año 19-0105 2. Realizar extracción sin contar con la autorización municipal 1 UIT Inhabilitación 1 año 19-0106 3. reincidir en infracción sustantiva o desacatar la suspensión de las acciones extractivas 1 UIT Inhabilitación 1 año (Además de la inhabilitación denuncia ante el Ministerio Público) Sin perjuicio de la suspensión, extinción o revocación que corresponda los titulares de las autorizaciones , así como las personas que labores de extracción y/o transporte si autorización en zonas distintas a las CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION SANCION PECUNIARIA NO PECUNIARIA autorizadas, en zonas intangibles o restringidas y/o trasgrediendo las disposiciones municipales se les aplicara las siguientes sanciones: 19-0107 1. Infracción Leve De 0.5% UIT Hasta 1 UIT Decomiso de Bienes y materiales 19-0108 2. Infracción Grave 1 UIT Hasta 5 UIT Decomiso de Bienes y materiales 19-0109 3. Infracción Muy Grave 5 UIT a 10 UIT Decomiso de Bienes y materiales 19-0110 Extracción Excediendo volumen autorizado 1 UIT Decomiso 19-0111 Transporte de material de acarreo sin la Guía o Adulteración de la misma 20 % UIT Decomiso 19-0112 Transporte y acarrero y negarse a presentar Guía o adulteración de la Guía de Transporte o por corresponder la Guía a zona distinta 10 % UIT Decomiso 19-0113 Transporte de material y acarreo negándose a la presentación de la Guía o por corresponder dicha Guía a una distinta de la autorizada 5 % UIT Decomiso Nota.- La reincidencia en las sanciones 19- 0101, 19-0102, 19-0103, 19-0104 y 19-0105 se sanciona con el doble de la multa 733100-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL