Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

Llaqta, conservar la totalidad del Bosque del ACP Japu - Bosque Ukumari Llaqta que cuenta con cuatro tipos de ecosistemas: el pajonal, bosque MORDAZA, MORDAZA humedo y MORDAZA amazonico, la biodiversidad que alberga y los procesos ecologicos que se dan en estos, asi como la proteccion de las especies clave de MORDAZA y fauna, y mantener la provision de servicios ecosistemicos. Articulo 3º.- En aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, el mismo que establece las Disposiciones para la Elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada Japu - Bosque Ukumari Llaqta, se constituye en su Plan Maestro, ello por cuanto este contiene el listado de obligaciones y restricciones, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal, y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte de los propietarios, de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1) y 5) del articulo 2019º del Codigo Civil, asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, el SERNANP procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Japu - Bosque Ukumari Llaqta, por un periodo de treinta (30) anos, las cuales son las siguientes: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el area del Area de Conservacion Privada para el fin que ha sido reconocido. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada. 4. Dar cumplimiento a la normatividad de Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones, y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP, o a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambios de usos, distintos a los permitidos en los documentos de planificacion. 2. No realizar cambio de uso del suelo en la zonificacion de uso limitado del Area de Conservacion Privada. 3. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area. 4. No desarrollar proyectos de infraestructura que deteriore la calidad del paisaje. Articulo 6º.- Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de algun derecho real sobre el area reconocida asi como tampoco constituye medio de prueba para ningun tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente MEMORIA DESCRIPTIVA Nombre: Area de Conservacion Privada Japu ­ Bosque Ukumari Llaqta

Area : Dieciocho mil seiscientos noventa y cinco hectareas con siete mil quinientos metros cuadrados (18 695,75 ha) Limites : La demarcacion de los limites se realizo en base a las Hojas Catastrales de escala 1/25 000, elaborada y publicada por COFOPRI, utilizando la informacion siguiente: Codigo 27 - T - II - NO 27 - T - II - NE 27 - U - III - NO 27 - T - II - SE 27 - U - III - SO Complementariamente se utilizo la Carta Nacional de escala 1/100 000, elaborada y publicada por el Instituto Geografico Nacional ­ IGN, utilizando la informacion siguiente: Codigo 27 - t 27 - u Nombre Chontachaca Quincemil Datum WGS 84 WGS 84

Ubicacion politica : Se realizo en base a la partida Nº 02006745. Distrito Paucartambo Provincia Paucartambo Departamento MORDAZA

NORTE Y ESTE Partiendo del punto Nº 1, ubicado en el limite de la Comunidad Campesina de Japu se continua por el mismo limite de la comunidad en direccion noreste , sureste y suroeste hasta llegar al punto N° 2, ubicado en el cerro Quihuisimi. SUROESTE: Desde el ultimo punto mencionado, el limite prosigue en direccion noroeste y noreste descendiendo del cerro Quihuisimi hasta llegar al rio Japumayo en el punto Nº 3, para proseguir aguas arriba hasta el punto Nº 4, continuando en direccion noroeste y noreste ascendiendo por la divisoria de aguas hasta llegar al punto Nº 5, y continuar en direccion noreste y noroeste por la linea de cumbres del cerro Jatunllucsaorjo, y descender hasta la desembocadura de una quebrada sin nombre, en la quebrada Lluscamayo, en el punto Nº 6 y continuar aguas arriba de esta quebrada sin nombre hasta llegar al punto Nº 7 y prosiguiendo mediante una linea sinuosa en direcciones oeste, sureste, noroeste pasando por los puntos Nº 8, Nº 9, Nº 10, Nº 11, Nº 12 hasta llegar a la quebrada Quispillomayo en el punto Nº 13 y continuar aguas arriba hasta llegar al punto Nº 14 y proseguir en direccion general oeste mediante una linea sinuosa hasta llegar al punto Nº 1, inicio de la presente memoria descriptiva. Listado referencial de puntos Punto 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Este 267 254,1584 282 429,9233 282 157,4627 280 489,9074 279 002,5475 278 272,8730 276 461,7827 274 807,0556 274 473,3587 274 350,2086 273 313,3647 272 625,0101 272 155,2478 271 426,2104 Norte 8 520 811,7149 8 510 732,3349 8 512 410,4652 8 512 393,3137 8 516 170,0222 8 519 697,3077 8 519 632,0551 8 519 449,2685 8 519 945,8413 8 520 370,9076 8 519 957,7591 8 519 948,1775 8 521 489,9673 8 521 062,6033

Las coordenadas estan expresadas en proyeccion UTM, El Datum de referencia es el WGS 84, la MORDAZA de proyeccion es 19S El limite del Area de Conservacion Privada, se ha elaborado a partir de la informacion referencial alcanzada por COFOPRI (hojas catastrales) y a la informacion alcanzada por la Comunidad Campesina de Japu; por lo que debe tomarse con caracter referencial

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