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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de diciembre de 2011 456063 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU. y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1496-2011-DE/SG Lima, 26 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 837 de fecha 24 de noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de las relaciones Bilaterales entre Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América y el Perú, se realizará una visita de coordinación con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales (CIOEC) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, de personal militar de los Estados Unidos de América, Subofi cial Corbin HAHN y Sargento Brandon Timothy Hilliard, para realizar una visita de coordinación con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales (CIOEC) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de enero al 30 de marzo de 2012. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 733857-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1497-2011-DE/SG Lima, 26 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nºs 848 y 849 con fecha 30 de noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de las relaciones bilaterales entre personal militar de los Estados Unidos de América y del Perú, personal militar de ese país, realizará una visita de coordinación con las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modifi catoria Ley Nro. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para realizar una visita de coordinación con las Fuerzas Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del 01 de enero al 31 de marzo de 2012: 1. Contralmirante Thomas Lee Brown II 2. Teniente Coronel Daniel Lewis Tobias 3. Teniente Coronel Carlos Blanchard 4. Mayor Roger Thomas Mahar 5. Mayor Brian Gerard Mulhern 6. Mayor Michael Wayne Schuler 7. Mayor Ralph Edward Lauer 8. Capitán Andrew Martin Teague 9. Capitán Richard William Sexton 10. Teniente Kevin David Turner 11. Sargento Mayor Donald Avery White 12. Sargento James Hector Cervantes 13. Técnico Jefe Randall. Larry Eggie 14. Técnico de Tercera Jorge Lael Rodriguez Perez 15. Técnico de Tercera William James Eris 16. Técnico de Tercera Victor Hollifi eld 17. Subofi cial de primera Alejandro Manuel Perez 18. Subofi cial de primera Juan Carlos Ramirez 19. Subofi cial de primera Philip Aaron Tugmon 20. Subofi cial de segunda Dustin Lee Rose Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 733857-3