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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de diciembre de 2011 456061 Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación de conformidad con la Ley Nº 29565; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 concordado con lo dispuesto en el literal a) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011- MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Estando a lo visado por la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Dirección de Arqueología; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296; Ley Nº 29565 - Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cado por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1224/INC de fecha 03 de diciembre de 2001, en el extremo referido a la clasifi cación, denominación y elaboración de los expedientes técnicos, el cual deberá decir: “Zona Arqueológica Monumental Huánuco Pampa – Tramo de Camino Inca Iscopampa – Huánuco Pampa - Colpas ubicado en el distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo, Departamento de Huánuco, encargándose a la Dirección Regional de Cultura de Huánuco, la elaboración de los expedientes técnicos de delimitación”. Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico de delimitación de la Zona Arqueológica Monumental de Huánuco Pampa conformado por la fi cha técnica, memoria descriptiva, fi cha de registro fotográfi co y plano perimétrico, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre de la Zona Arqueológica Monumental Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Huánuco Pampa PP-007-MC_DGPC/DA-2011 WGS84 7 963 206.89 796.3206 28 883.76 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Aprobar el Plano de Zonifi cación del Monumento Arqueológico Huánuco Pampa Artículo 5º.- La Dirección del Proyecto de Investigación Arqueológica Huánuco Pampa deberá elaborar y colocar paneles informativos actualizados e hitos de señalización de la Zona Arqueológica Monumental de Huánuco Pampa, de manera urgente, para asegurar las condiciones idóneas de conservación y mantenimiento del citado monumento. Artículo 6º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAVIER LUNA ELÍAS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 733269-1 DEFENSA Autorizan viaje de Oficial de la Armada Peruana a los EE.UU. en Comisión de Servicio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 633-2011-DE/MGP Lima, 27 de diciembre de 2011 Visto la Carta Ofi cial G.500-5081 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de diciembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 694/MAAG/AFSEC, de fecha 14 de setiembre de 2011, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, informa que el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), está ofreciendo una vacante para que un (1) Ofi cial de la Marina de Guerra del Perú del grado de Capitán de Corbeta o Capitán de Fragata, se desempeñe como Instructor Adicional, a realizarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), Fort Bening, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, por un período de dos (2) años; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje de un (1) Ofi cial Superior para que se desempeñe como Instructor Adicional en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC); Que, la designación de Personal Naval para que se desempeñe como Instructor Adicional en la mencionada Institución Académica, responde a la necesidad de adquirir nuevos conocimientos y experiencias, que contribuirá a elevar el nivel profesional del Ofi cial participante; así como, permitirá intercambiar experiencias con representantes de países aliados de la región en cuanto a entrenamiento de personal militar y enseñanza de la más alta calidad; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, Ítem 28, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 600-2011-DE, de fecha 8 de diciembre de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata José Luis RIVA Acosta, para que se desempeñe como Instructor Adicional en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 28 de diciembre de 2011 al 28 de diciembre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la duración de la citada Comisión Especial en el Exterior es de dos (2) años, que incluye los años fi scales 2011, 2012 y 2013, por lo que el pago del 28 al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, para el período del 1 de enero de 2012 al 28 de diciembre de 2013, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal correspondiente; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más