Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2011 (02/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de enero de 2011

Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el plazo para la atencion de los procedimientos de renovacion para los servicios de radiodifusion es de ciento veinte dias (120), y se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, encontrandose el presente procedimiento dentro del plazo establecido; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 345-2005MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 132-2009-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Huancane, incluyendose en esta al distrito y provincia de Huancane, departamento de Puno; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 4967-2010MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Huancane, departamento de Puno. Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 6 de noviembre de 2019. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a

garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 582436-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Seccion de Cobranza Coactiva de la Oficina Zonal Chimbote
INTENDENCIA REGIONAL LA MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 060-00-000079/SUNAT MORDAZA, 28 de Diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4 de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales a designar a los auxiliares coactivos que ejerceran sus funciones en el ambito de su competencia; Que, conforme a lo senalado en el anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 048-2000/SUNAT la Intendencia Regional La MORDAZA es la instancia inmediata superior de la Oficina Zonal Chimbote; Que, a fin de garantizar el normal funcionamiento de las Secciones de Control de la Deuda y Cobranza de la Oficina Zonal de Chimbote y de Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional La MORDAZA resulta necesario designar MORDAZA personal en calidad de Auxiliar Coactivo y dejar sin efecto la designacion del personal que desempenara funciones distintas a las de cobranza coactiva; Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 953, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Oficina de Politicas de Personal ha confirmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de la Sra. MORDAZA MORDAZA Revoredo Martinez; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 50° y 51° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Seccion de Cobranza Coactiva de la Oficina Zonal Chimbote a la Sra. MORDAZA MORDAZA Revoredo Martinez. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion como Auxiliar Coactivo de la Seccion Cobranza Coactiva

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