Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2011 (02/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de enero de 2011

pesca a plazo determinado a la empresa COPROMAR S.R.L., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA IV, con matricula CE-010827-PM-PM, con capacidad de bodega de 270 TM, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, y fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 350-2001-PE/ DNEPP de fecha 18 de diciembre de 2001, se resolvio modificar el articulo 1° de la Resolucion Ministerial Nº 16295-PE, en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA IV de matricula Nº CE-010827-PM, incluyendo como nueva denominacion la de "AGUILA"; Que, asimismo, el articulo 2° de la precitada Resolucion, aprobo el cambio de titular del permiso de pesca autorizado por Resolucion Ministerial Nº 162-95PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA, de matricula Nº CE010827-PM, a favor de la empresa LOS HALCONES S.A., en los terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves de Resolucion Directoral N° 1622003-PRODUCE/DNEPP de fecha 17 de junio de 2003, se declaro procedente la solicitud formulada por la empresa pesquera LOS HALCONES S.A., en relacion al reconocimiento de la Administracion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera HALCON de matricula CO-12073-PM, ascendente a 287.63 m3; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la citada Resolucion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 468-2003PRODUCE/DGEPP, de fecha 11 de diciembre del 2003, se resolvio corregir en los articulos 1° y 2° de la Resolucion Directoral Nº 162-2003-PRODUCE/DNEPP, la capacidad de bodega reconocida de la embarcacion HALCON, de matricula CO-12073-PM, debiendo senalarse 287.36 m3, en lugar de 287.63 m3, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma Resolucion; Que, a traves de Resolucion Directoral Nº 039-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de febrero de 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 1 de matricula SE-0830-PM, a favor de la empresa LOS HALCONES S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, asi como las modificaciones en el extremo referido al nombre y denominacion de puerto de la matricula entendiendose que ahora sera HALCON 4 de matricula CE-0830-PM de 200.55 m3 de capacidad de bodega; Que, por Resolucion Directoral N° 488-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 20 de MORDAZA de 2010, se resolvio otorgar a la empresa LOS HALCONES S.A., autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total denominada HALCON 4 de matricula CE-0830-PM de capacidad de bodega de 200.55 m3, para dedicarla a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, destinados al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, a traves del escrito del visto, la empresa LOS HALCONES S.A., solicita la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE asignado para la MORDAZA Norte Centro de la embarcacion pesquera HALCON 4 con matricula CE-0830-PM (EX - MORDAZA 1), en partes iguales a las embarcaciones pesqueras MORDAZA de matricula Nº CE010827-PM (Ex­ MORDAZA IV), HALCON de matricula CO12073-PM, en virtud al procedimiento Nº 131 del Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Ministerio de la Produccion; Que, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, a traves del Memorando Nº 01172-2010PRODUCE/OGTIE de fecha 24 de noviembre del 2010, ha remitido el Informe Nº 98-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/ RJFP, con el calculo del PMCE 0,183325 % y los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE 3796,09 TM de la embarcacion MORDAZA (Ex-SUSAN IV) y PMCE 0,193235% y LMCE 4001,32 TM de la embarcacion HALCON, correspondiente a la MORDAZA Temporada 2010, MORDAZA Norte ­Centro; Que, de la revision de los requisitos para la Incorporacion Definitiva del PMCE establecido en el procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, se advierte que la empresa LOS HALCONES S.A., ha cumplido con

consignar el numero de la Partidas Registrales de las embarcaciones asociadas y aportante, observandose ademas que con relacion a la embarcacion aportante (HALCON 4), adjuntan MORDAZA de la Partida Registral Nº 5000099, de la verificacion efectuada a las partidas correspondientes a las embarcaciones asociadas, se ha advertido que la propiedad de la embarcacion pesquera MORDAZA, se encuentra inscrita en la Partida Registral Nº 50000795 y con respecto a la embarcacion HALCON, le corresponde su inscripcion en la Partida Registral Nº 00714745; Que, la administrada no ha presentado certificado de deposito de la embarcacion HALCON 4, teniendo en cuenta que la embarcacion Aportante fue siniestrada y que actualmente cuenta solo con la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega, autorizada con Resolucion Directoral Nº 4882010-PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de MORDAZA de 2010, en cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE de fecha 4 de MORDAZA de 2010, en el cual senala que el requisito 2 del procedimiento N° 131 del MORDAZA puede ser sustituido por el Certificado de Deposito emitido por un Almacen General de Deposito debidamente autorizado por la SBS que acredite que la embarcacion de encuentra en custodia en un almacen o deposito; Que, de otro lado presentan las Declaraciones Juradas de no contar con sanciones de multa o suspension que no hayan sido cumplidas, la misma que ha sido contrastada con la informacion remitida por el Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Produccion, que indica que no cuenta con procedimientos de ejecucion coactiva, a traves de Memorando N° 0358-2010-PRODUCE/OEC de fecha 16 de setiembre del 2010; Que, la administrada ha cumplido con presentar MORDAZA de no adeudo de aportes Nº 544-2010-GGFONCOPES de fecha 25 de agosto de 2010, en el cual se indica que la administrada ha cumplido con efectuar el pago de todos sus aportes fijos y variables al FONCOPES; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la empresa LOS HALCONES S.A., se determina que la misma ha cumplido con formular su solicitud, en conformidad con el procedimiento Nº 131 del Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Ministerio de la Produccion, verificandose la MORDAZA de los requisitos establecidos en dicho procedimiento; por lo que corresponde atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Tecnico Nº 746-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Nº 1196-2010-PRODUCE/DGEPP e Informe Nº 1351-2010PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a favor de la empresa LOS HALCONES S.A., la asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion - PMCE de la embarcacion pesquera HALCON 4 con matricula CE-0830-PM (EX - MORDAZA 1), en partes iguales a las embarcaciones pesqueras MORDAZA de matricula Nº CE-010827-PM (EX ­ MORDAZA IV) y HALCON de matricula CO-12073-PM. Articulo 2º.- En virtud a la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE, referido en el articulo 1º de la presente Resolucion, la embarcacion MORDAZA (Ex ­ MORDAZA IV) de matricula CE-010827-PM, contara con un PMCE de 0,183325% y la embarcacion pesquera HALCON de matricula CO-12073-PM, contara con un PMCE de 0,193235%, para la MORDAZA Norte ­ Centro, de acuerdo al calculo efectuado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 3°.- Modificar el items 4 e item 407 del Anexo -Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera MORDAZA (Ex­SUSAN IV) de matricula CE-

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