Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2011 (02/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de enero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

433407

incumplimiento de las obligaciones derivadas del periodo de instalacion y prueba, aun cuando habiendose agotado la via administrativa no hubiera transcurrido el plazo para declarar la nulidad en sede administrativa; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 4742-2010MTC/28 del 09 de noviembre de 2010, senala que de la evaluacion realizada conforme a lo dispuesto en los articulos 56º y 57º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, modificados por Decreto Supremo Nº 0412010-MTC, se observa que la administrada cumple con las obligaciones derivadas del periodo de instalacion y prueba, por lo que le corresponde restituir la vigencia de autorizacion otorgada a la empresa DIARIO REGIONAL E.I.R.L., en virtud a lo dispuesto en la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del referido Decreto Supremo; Que, en ese sentido, en aplicacion de la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 041-2010-MTC y estando a la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones emitida de acuerdo a su competencia, corresponde restituir la vigencia de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali que fuera otorgada a la empresa DIARIO REGIONAL E.I.R.L. con Resolucion Viceministerial N° 085-2007-MTC/03 del 23 de marzo de 2007; por lo tanto, corresponde dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 402-2009-MTC/03 y demas actos administrativos derivados de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Decreto Supremo Nº 041-2010-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Restituir la vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa DIARIO REGIONAL E.I.R.L. mediante Resolucion Viceministerial N° 085-2007MTC/03, en virtud a los alcances de la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 041-2010-MTC, dejandose sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 402-2009-MTC/03 y demas actos administrativos derivados de la misma, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 582428-1

Renuevan autorizaciones otorgadas a Panamericana Television S.A. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en , localidades de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna e Ica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 968-2010-MTC/03 MORDAZA, 6 de diciembre de 2010 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2010-017806 de fecha 5 de MORDAZA de 2010, presentada por la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Chosica - Chaclacayo - El Cuadro, departamento de Lima;

Que, por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03 del 28 de agosto de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de setiembre de 2006, se renovo el plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., hasta el 8 de MORDAZA de 2010, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Chosica - Chaclacayo - El Cuadro, departamento de Lima; Que, con fecha 5 de MORDAZA de 2010, la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el plazo para la atencion de los procedimientos de renovacion para los servicios de radiodifusion es de ciento veinte dias (120), y se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, encontrandose el presente procedimiento dentro del plazo establecido; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 330-2005MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 5252007-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 122-2009-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Chosica - Chaclacayo - El Cuadro, incluyendose en esta al distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 4926-2010MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Chosica - Chaclacayo - El Cuadro, departamento de Lima. Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 8 de MORDAZA de 2020.

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