Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2011 (02/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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010827-PM, y a la embarcacion pesquera HALCON de matricula CO-12073-PM, para la MORDAZA Norte - Centro del Litoral. Articulo 4°.- Modificar el item 4 e item 377 del Anexo - Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE) correspondiente a la MORDAZA temporada 2010, MORDAZA Norte-Centro del litoral, aprobado por Resolucion Directoral N° 708-2010-PRODUCE/ DGEPP a las embarcaciones pesqueras MORDAZA de matricula CE-010827-PM, corresponde a 3796,09 TM y HALCON de matricula CO-12073-PM, le corresponde 4001,32 TM. Articulo 5°.- La incorporacion de las referidas embarcaciones pesqueras a los Listados de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE) correspondiente a la MORDAZA Norte Centro, aprobados por Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral N° 7082010-PRODUCE/DGEPP, referidas en los articulos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente Resolucion no modifica los PMCE y LMCE asignado a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 6°.- Excluir el Item 374 del Anexo publicado con la Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/ DGEPP correspondiente a la embarcacion pesquera HALCON 4 de matricula Nº CE-0830-PM. Articulo 7°.- Declarar la suspension de la autorizacion de incremento de flota otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 488-2010-PRODUCE/DGEPP, durante la vigencia de la medida de ordenamiento pesquero, de conformidad con lo establecido en el articulo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084. Articulo 8°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 584399-3

Aceptan desistimiento al procedimiento de cambio de titularidad de licencia de operacion de establecimiento industrial pesquero presentado por Comercializadora Oleadas MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 751-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 3 de diciembre del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00088074-2009 de fecha 05 de noviembre del 2009, 12 y 16 de febrero, 07 de MORDAZA, 10 de junio, 26 de agosto, 14 de setiembre, 14 de octubre y 19 de noviembre del 2010, presentados por la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 595-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre del 2008, se aprobo a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C, el cambio de titular de la Licencia de Operacion otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/DNEPP, en calidad de arrendataria de la empresa LANGOSTINERA CALETA DORADA S.A.C, para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero a traves de una planta de harina y aceite de pescado de alto contenido proteico, con una capacidad de 117 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado

en Playa Norte, Lote 1B-1 y Lote 1B-2, Puerto Malabrigo, Distrito de Razuri, Provincia de Ascope, Departamento de La MORDAZA, hasta el dia 1 de setiembre del 2010, segun el contrato de arrendamiento del establecimiento industrial mencionado; Que, mediante escrito de registro Nº 00085385-2008, la empresa TSG PERU S.A.C., interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 5952008-PRODUCE/DGEPP, mencionado que se ha otorgado el cambio de titularidad de Licencia de Operacion a favor de Pesquera MORDAZA S.A.C, existiendo una orden judicial emitida por el 51º Juzgado Civil de MORDAZA que senala otorgar y mantener la licencia de operacion a nombre de Pesquera Chicama; Que, mediante los escritos de visto, la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S.A.C., solicito el cambio de titularidad de la Licencia de Operacion de Establecimiento Industrial Pesquero otorgado a Pesquera MORDAZA S.A.C, mediante Resolucion Directoral Nº 595-2008-PRODUCE/DGEPP, desistiendo posteriormente del mismo; Que, de conformidad con lo senalado en el numeral 189.4 del articulo 184º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, el desistimiento podra hacerse por cualquier medio que permita su MORDAZA y senalando su contenido y alcance. Debe senalarse expresamente si se trata de un desistimiento de la pretension o del procedimiento. Si no se precisa, se considera que se trata de un desistimiento del procedimiento; Que, a traves del Oficio Nº 5852-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 10 de noviembre del 2010, se comunica a la administrada que previamente a aprobar el desistimiento del procedimiento de cambio de titular de Licencia de Operacion otorgado por Resolucion Directoral Nº 595-2008-PRODUCE/DGEPP, debera presentar un poder mediante el cual exprese que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con habilitacion especifica, representa a la empresa Comercializadora Oleadas MORDAZA S.A.C, en el presente procedimiento con firma legalizada ante notario publico; Que, como consecuencia del MORDAZA de evaluacion se ha podido determinar que la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S.A.C, ha cumplido con presentar la documentacion solicitada para el desistimiento de cambio de titular de Licencia de Operacion del Establecimiento Industrial Pesquero, ubicado en Playa Norte Lote 1B-1 y 1B-2 del Puerto Malabrigo, Distrito de Razuri, Provincia de Ascope, Departamento de La Libertad; y no habiendo la administracion emitido pronunciamiento final, corresponde otorgar el desistimiento solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Tecnicos Nºs. 1351-2009 y 066-2010-PRODUCE/DGEPP, y con la opinion favorable del area legal a traves de la Hoja de Ruta Nº 164, Informe Nº 1280 y Memorando Nº 271-2010PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; la Ley 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el desistimiento al procedimiento de cambio de titularidad de Licencia de Operacion del Establecimiento Industrial Pesquero, ubicado en Playa Norte Lote 1B-1 y 1B-2, Puerto Malabrigo, Distrito de Razuri, Provincia de Ascope, Departamento de La MORDAZA , presentado por la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S.A.C, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y

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