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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de enero de 2011 434552 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 17 de diciembre de 2010, la Lic. Blanca Alcalá Ruiz, Presidenta Municipal de Puebla Capital de México, hace llegar la invitación, a las autoridades municipales de la Provincia del Cusco para participar en la suscripción del Acuerdo para la Creación de la Red de Ciudades Barrocas de América Latina, en forma conjunta con los representantes de las ciudades de Quito, Ecuador; Antigua Guatemala, Guatemala; Ouro Preto, Brasil, y las ciudades mexicanas participantes; Que, mediante Informe Nº 005-SGGCH/GDUR/ MPC-2011, de fecha 06 de enero de 2011, del Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, OPINA que, la ciudad del Cusco declarado por UNESCO Patrimonio Cultural de la Humanidad el año 1983 tiene una importancia especial, histórica y cultural a nivel mundial, y; que, la conformación de la Red de Ciudades Barrocas se considera un espacio especializado de socialización, coordinación y asesoramiento relacionado a los temas culturales y patrimoniales, en virtud al cual, precisa, se considera pertinente la participación de la ciudad del Cusco en la mencionada organización, lo cual permitirá la vinculación con las ciudades barrocas de Latinoamérica en diversos temas afines relacionados a la gestión cultural patrimonial, por lo que sugiere la participación de la primera Autoridad Edil y los representantes políticos relacionados al tema patrimonial y/o cultural; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la norma que autoriza el viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifas vigentes; Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, en uso de la facultad prevista en el numeral 26) del Artículo 9º y Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de aprobación de Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje de los señores LUIS ARTURO FLOREZ GARCIA, Alcalde; RUBEN ANTONIO MOLERO QUISPE, HECTOR ACURIO CRUZ y EDILBERTO MONGE BLANCO, Regidores, de la Municipalidad Provincial del Cusco respectivamente, a la ciudad de Puebla, México, para los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo, los días 26, 27, 28 y 29 de enero de 2011. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a Fuente de Financiamiento proveniente de los Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: LUIS ARTURO FLOREZ GARCIA Pasajes US$ 948.57 Viáticos US$ 880.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 81.00 Total US$ 1,909.57 RUBEN ANTONIO MOLERO QUISPE Pasajes US$ 948.57 Viáticos US$ 880.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 81.00 Total US$ 1,909.57 HECTOR ACURIO CRUZ Pasajes US$ 948.57 Viáticos US$ 880.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 81.00 Total US$ 1,909.57 EDILBERTO MONGE BLANCO Pasajes US$ 948.57 Viáticos US$ 880.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 81.00 Total US$ 1,909.57 Artículo Tercero.- El cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- De conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, los referidos funcionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados en la Sesión Ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA Alcalde 591243-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Designan Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 014-2011-A/MPMN Moquegua, 1º de Enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley 27972; Que, el Inciso 17) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde designar y cesar a los Funcionarios de Confi anza; Que, el Párrafo 2) del Artículo 29º de la Ley 27972, establece que los Procuradores Públicos Municipales son Funcionarios designados por el Alcalde y dependen administrativamente de la Municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, en consecuencia es necesario designar a partir de la fecha al Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto”; En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-93 y modificada por Ley 27680 de fecha 06-03- 2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 del 26-05-2003, Ley 8230 de fecha 03-04-1936, Decreto Legislativo 276, Decreto Supremo 005-90-PCM y Ordenanza Municipal 017-2007-MUNIMOQ de fecha 26-09-2007; SE RESUELVE: Designar a partir de la fecha al Abog. YONHSON GERMAN RAMOS CHOQUE, en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto”. Regístrese y comuníquese. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 591239-1