TEXTO PAGINA: 55
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de enero de 2011 434543 personero legal titular de la Alianza Electoral “PERU POSIBLE”, con el objeto de participar en las Elecciones Generales del año 2011, siendo los integrantes de la fórmula: Fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias NOMBRES Y APELLIDOS DNI PRESIDENTE Sr.(a) ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE 08774976 VICEPRESIDENTES Sr.(a) CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA 10554756 Sr.(a)JAVIER EDMUNDO REATEGUI ROSSELLO 07998352 Artículo Segundo.- REMITIR la presente resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto. Artículo Tercero.- OFICIESE al Diario Ofi cial El Peruano a fi n de que publique por una sola vez, la presente resolución bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Veliz Escobar Secretario 591601-1 Admiten y disponen la publicación de fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentado por el Partido Político “Justicia, Tecnología, Ecología” para participar en las Elecciones Generales 2011 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN N° 00003-2011-JEELC EXPEDIENTE N° 0027-2011-036 Lima, dieciocho de enero de dos mil once VISTA la solicitud de subsanación para la inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, ante el Jurado Electoral de Lima Centro, presentada por Maria Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del Partido Político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGÍA” cuyas siglas son JUSTE para participar en las Elecciones Generales 2011. CONSIDERANDO Este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, califi car, publicar, e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Generales 2011 convocadas por Decreto Supremo N° 105-2010-PCM. Mediante Resolución N° 00001-2011-JEELC notifi cada y publicada el 15 de enero de 2011, este Jurado Electoral Especial declaró la inadmisibilidad de la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por Maria Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del Partido Político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGÍA” cuyas siglas son JUSTE. Sobre el particular, este Colegiado advierte que se ha cumplido con subsanar las observaciones precisadas en la acotada resolución, por lo que procede admitir la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos. Conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, concordante con los artículos 20 y 21 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución N° 5004-2011- JNE, luego de admitida la fórmula o lista de candidatos, los Jurados Electorales Especiales publicarán, en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la resolución de admisión de las fórmulas presidenciales al día siguiente de su emisión. Ello, con la fi nalidad de que cualquier ciudadano inscrito y con sus derechos vigentes ante el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos dentro de los dos días naturales siguientes a su publicación. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de LIMA CENTRO en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ADMITIR y PUBLICAR la fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentado por Maria Encarnación Pinazo Bella, personera legal titular del Partido Político “JUSTICIA, TECNOLOGÍA, ECOLOGÍA” cuyas siglas son JUSTE, con el objeto de participar en las Elecciones Generales 2011, siendo los integrantes de la fórmula: Fórmula de candidatos para la Presidencia y Vicepresidencias NOMBRES Y APELLIDOS DNI PRESIDENTE Sr.(a) HUMBERTO PINAZO BELLA 09088577 VICEPRESIDENTES Sr.(a)WILSON FREDY BARRANTES MENDOZA 43267304 Sr.(a) VICTOR OCTAVIO GIRAO ALATRISTA 08268139 Artículo Segundo.- REMITIR la presente resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto. Artículo Tercero.- OFICIESE al Diario Ofi cial El Peruano a fi n de que publique por una sola vez, la presente resolución bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Veliz Escobar 591620-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Disponen cambio de denominación de agencia José Leonardo Ortiz por oficina registral y autorizan atención de trámites de DNI de mayores, constancias del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emisión de copias certificadas de hechos vitales en las agencias de Arequipa II y Castilla RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2011/JNAC/RENIEC Lima, 13 de enero de 2011