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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2011 (21/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de enero de 2011 434676 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Modifican la Res. N° 245-2006- CONAFU CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 515-2010-CONAFU Lima, 14 de diciembre de 2010 “MODIFICACION DE LA RESOLUCION Nº 245-2006-CONAFU” VISTOS: La Resolución Nº 242-2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006, La Resolución Nº 245-2006- CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006, la Resolución Nº 564-2009-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2009, la Resolución Nº 514-2010-CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010 y Acuerdo Nº 525-2010-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del Funcionamiento de las Universidades del País bajo su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley de creación del CONAFU, Art. 2, literal “c”: El CONAFU efectúa una labor permanente de evaluación en las universidades bajo su competencia, tal como lo precisa el Artículo 1º y 69º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005; Que, mediante Resolución Nº 242-2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006, resolvió aprobar la escala de honorarios profesionales que se abonarán a los miembros de las Comisiones Califi cadoras, Verifi cadoras, Investigadoras, así como a los demás miembros de las Comisiones que conforme el CONAFU, de acuerdo a los procedimientos considerados en el TUPA de la ANR-CONAFU vigente, conforme lo establecido en su Anexo 001; Que, por Resolución Nº 245-2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006 se resuelve: Determinar que el CONAFU, asumirá el pago por 3 días de viáticos y honorarios profesionales de sus representantes ante los Concursos de Ingreso a la Docencia; debiendo corresponder a las Promotoras de los proyectos de Universidades y Universidades con Autorización Provisional de Funcionamiento bajo la Competencia del CONAFU, según sea el caso, asumir el pago hasta por 3 días mas de viáticos y honorarios profesionales, en el caso que se requiera mayor tiempo para culminación de los referidos procesos. El Presidente de la Comisión percibirá los honorarios conforme a la escala de valores de la resolución Nº 242-2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006; Que, por Resolución Nº 264-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, resuelve en su artículo primero: Modifi car la Resolución Nº 108-2006-CONAFU y la Resolución Nº 150-2006-CONAFU, disponiendo que los jurados califi cadores para Concurso de Ingreso a la Docencia y de Ratifi cación y Promoción Docente, convocados por Promotoras de Proyecto de Universidades y Universidades con Autorización Provisional de Funcionamiento bajo competencia del CONAFU, según sea el caso, estén integrados por tres miembros: 1) Un consejero del CONAFU que lo presidirá. 2) Un Consejero del CONAFU y/o un profesor principal designado por el CONAFU quien actuará como Secretario, y, 3) Un profesor Principal designado por la Promotora o la Universidad, según sea el caso, quien actuará como vocal; Que, por Resolución Nº 564-2009-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2009 se resuelve: Modifi car la Resolución Nº 264-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, DISPONIENDO que los Jurados Califi cadores para Concurso de Ingreso a la Docencia y de Ratifi cación y Promoción Docente, convocados por Promotoras de Proyecto de Universidades, Universidades con Autorización Provisional de Funcionamiento, Proyectos de Escuelas de Postgrado y Escuelas de Postgrado con Autorización Provisional de Funcionamiento que se encuentran bajo competencia del CONAFU, según sea el caso, estén integrados por tres miembros: Un Consejero del CONAFU quien actuará en calidad de Presidente; un Consejero del CONAFU o un profesor principal designado por este Consejo Nacional quien actuará en calidad de Secretario; y un profesor principal designado por este Consejo Nacional quien actuará en calidad de vocal. Que, por Resolución Nº 514-2010-CONAFU de fecha 14 de diciembre de 2010 se resuelve: Actualizar en vía de regularización el anexo 001 de la Resolución Nº 242- 2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 01 de diciembre de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 525- 2010-CONAFU convino por UNANIMIDAD: MODIFICAR la Resolución 245-2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006, establecido que el CONAFU asumirá el pago por 3 días de viáticos de sus representantes ante los Concursos de Ingreso a la Docencia; correspondiendo a las Promotoras de los Proyectos de Universidades y Universidades con Autorización de Funcionamiento Provisional bajo competencia de CONAFU, asumir el pago por concepto de viáticos hasta por 5 días más y los honorarios profesionales de los miembros del Jurado Califi cador, de conformidad a la escala de valores establecidos en la Resolución Nº 242-2006-CONAFU (Anexo 001), modifi cada mediante Resolución 514-2010- CONAFU de fecha 14 de diciembre de 2010. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Resolución 245- 2006-CONAFU de fecha 07 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el CONAFU asumirá el pago por 3 días de viáticos de sus representantes ante los Concursos de Ingreso a la Docencia; correspondiendo a las Promotoras de los Proyectos de Universidades y Universidades con Autorización de Funcionamiento Provisional bajo competencia de CONAFU, asumir el pago por concepto de viáticos hasta por 5 días más y los honorarios profesionales de los miembros del Jurado Califi cador, de conformidad a la escala de valores establecidos en la Resolución Nº 242-2006-CONAFU (Anexo 001), modifi cada mediante Resolución 514-2010-CONAFU de fecha 14 de diciembre de 2010. Artículo Tercero: HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 591828-1