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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de enero de 2011 434687 Estado a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo 39º del Reglamento Interno de Concejo, con voto mayoritario y con la dispensa del tramite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero: DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad por el plazo de 12 semanas. Artículo Segundo: APROBAR, la exoneración del proceso de selección, por el monto de S/. 852,839.04 (ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y nueve con 04/100 nuevos soles) para la contratación de abastecimiento de los siguientes insumos alimenticios: A) 257,712 latas de leche evaporada entera en lata de 410 gr. A un precio referencial de S/. 2.26 nuevos soles, haciendo un total de S/. 582, 429.12 (quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos veintinueve y 12/100 nuevos soles) B) 46,622.40 kilos de hojuela de cereales con soya precocidos, enriquecidos con vitaminas y minerales, en paquetes de 440 gr., a un valor referencial de S/. 5.80 por kilo, haciendo un total de S/. 270,409.92 (doscientos setenta mil cuatrocientos nueve y 92/100 nuevos soles) Artículo Tercero: RECOMENDAR a la Gerencia Municipal disponer las acciones pertinentes orientadas a determinar las responsabilidades derivadas de la situación de Desabastecimiento Inminente, Conforme a Ley. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la Publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo , así como remitir a la Contraloría General de la Republica y al organismo supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, copia del Acuerdo y de los informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley y a la Sub gerencia de Logística su Publicación en el sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, conforme a la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 593016-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Precisan monto de los Arbitrios Municipales que se considerará para efectos de la aplicación de la Primera Disposición Transitoria Final de la Ordenanza Nº 351-MPL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2011-MPL Pueblo Libre, 1º de enero de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 351-MPL, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 546 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicados ambos en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2010, se estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito de Pueblo Libre, para el ejercicio fi scal 2011; Que, en su Primera Disposición Transitoria y Final, determina que los propietarios y/o responsables de predios tendrán un tratamiento social especial; si como resultado de la aplicación de los importes aprobados por dicha Ordenanza para los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo experimenten un incremento respecto del ejercicio anterior, monto que no podrá ser mayor al 9%; salvo que el mismo sea producto de la fi scalización de la declaración jurada del contribuyente en la que se verifi que la omisión o la inexactitud de la información proporcionada o por aumentos de valor presentada por éste, en cuyo caso no estará comprendido dentro del benefi cio antes señalado; Que, conforme lo establece la Tercera Disposición Transitoria y Final de la citada Ordenanza, se faculta al Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER que para efectos de la aplicación de la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 351-MPL, se tomará en consideración el importe de los Arbitrios Municipales en su integridad, con la fi nalidad de establecer quienes serán los contribuyentes que experimenten un incremento en su liquidación que exceda el 9% respecto al ejercicio 2010. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 592411-1 Designan funcionaria responsable de entregar información que demanden los ciudadanos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 048-2011-MPL Pueblo Libre, 1 de enero de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la citada ley establece que las entidades públicas designarán un funcionario responsable de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; asimismo, de acuerdo al artículo 8º, las entidades obligadas a brindar información, identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, la designación que se efectúa no exime a las áreas que produzcan o posean la información que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de los plazos establecidos por Ley; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora JULIA PATRICIA DE LA VEGA CARMONA - Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre como funcionaria responsable de entregar la información que demanden los ciudadanos, de conformidad con lo