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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2011 (21/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de enero de 2011 434692 designado por el Alcalde, resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de Resoluciones y Directivas, respectivamente; así como las funciones especifi cas contendidas en los artículo 78º y siguientes de la precitada norma; Que, en similar forma y bajo la misma normativa, corresponde también delegar las facultades correspondientes a todas las Gerencias de la Administración de la Municipalidad; Estando a las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, la delegación de facultades con expresa e inequívoca mención y bajo estricta responsabilidad, las atribuciones administrativas y resolutivas a la Gerencia Municipal, a fi n de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales para un cabal desempeño efi ciente y efi caz de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo Segundo.- ESTABLECER que las facultades administrativas y resolutivas señaladas precedentemente, quedan establecidas de la siguiente manera: 1. Serán resueltas mediante Resolución de Gerencia Municipal: 1.1 Reconocimiento de Juntas Vecinales, Organizaciones Sociales de Base y sus directivas 1.2 Aprobación de integrantes de Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, Apertura de procesos, Imposición de sanciones. 1.3 Imposición de sanciones por infracciones a las disposiciones legales del ámbito de su competencia, y las reclamaciones que contra ellas se formulen en primera instancia. 1.4 Otorgamiento de Certifi cado de aprobación de la Inspección Técnica Básica 1.5 Dejar sin efecto actos administrativos y de administración que se hayan emitido sin cumplir los procedimientos, en primera instancia. 1.6 Otros asuntos que con arreglo a las disposiciones legales y municipales vigentes le corresponda. 2.- Son resueltas mediante Resolución de Gerencia Municipal en materia de Acciones de Personal 2.1 Aprobación y suscripción de contratos de Locación de Servicios, Contratos CAS, Contratos de Servicios Personales en los Regímenes del Decreto Legislativo Nº 276 y 728. 2.2 Autorización de licencias al personal 2.3 Otorgamiento de permisos por lactancia 2.4 Reconocer y otorgar Bonifi cación en cumplimiento de Negociaciones bilaterales, y demás normas Aplicables. 2.5 Aprobación de contratos, de acuerdo a lo dispuesto por el Texto único Ordenado de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.6 Autorización para el pago por tiempo de servicios a los servidores municipales. 2.7 Aprobación y modifi cación de rol de vacaciones 2.8 Reconocimiento y pago de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio 2.9 Otorgamiento de pensión de cesantía, jubilación, sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos deriven sus derechos y modifi caciones. 2.10 Reconocimiento y pago de Compensación vacacional (Vacaciones truncas) 2.11 Reconocimiento y pago de compensación por Tiempo de Servicios. 2.12 Reconocimiento y pago de Remuneración Transitoria para Homologación (TPH). 2.13 Reconocimiento y pago de compensaciones pendientes de pago (Créditos Devengados) de ejercicios anteriores, sobre Remuneraciones, Bonifi caciones, Benefi cios y Pensiones) 2.14 Reconocimiento y pagos de Benefi cios Sociales de Obreros 2.15 Otros asuntos que con arreglo a las disposiciones legales y/o municipales vigentes, le corresponda. 3.- Son resueltos mediante Resolución de Gerencia Municipal en materia de contrataciones conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017 y en su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF. Todas las Facultades que por mandato del marco normativo citado sean delegables, como son: 3.1 Aprobar las Bases Administrativas. 3.2 Aprobar el Expediente de Contratación. 3.3 Aprobar las Cancelaciones de los Procesos. 3.4 Aprobación y modifi cación del Plan Anual de Contrataciones. 3.5 Facultad para Constitución y Modifi caciones de los Comités de Contrataciones. 4. Son resueltos mediante Resolución de Gerencia Municipal en materia de Infraestructura. 4.1 Aprobación de los Expedientes Técnicos. 4.2 Aprobación de los Perfi les y Proyectos. Artículo Tercero.- APROBAR, la delegación de facultades con expresa e inequívoca mención y bajo estricta responsabilidad, las atribuciones resolutivas a las Gerencias de Administración y Finanzas, Desarrollo Local, Saneamiento Ambiental y Sanidad, a fi n de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales para un cabal desempeño efi ciente y efi caz de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que las facultades resolutivas delegadas, corresponden a las materias y funciones que conforme el TUPA correspondan a las Gerencias descritas en el Artículo Tercero de la presente, constituyendo primera instancia administrativa, Artículo Quinto.- ESTABLECER que las Resoluciones que se emitan en Aplicación del presente Decreto, deberán ser debidamente motivadas y fundamentadas respecto a la decisión tomada sobre las cuestiones planteadas, haciendo referencia a los hechos y fundamentos de derecho que las sustentan. Artículo Sexto.- SEÑALAR, que Las Resoluciones que sean emitidas por la respectiva Instancia administrativa, serán dictadas bajo estricta responsabilidad de los funcionarios que los visen y suscriban, copia de ellos serán remitidas a Despacho de Alcaldía, Ofi cina de Secretaría General, Asesoría Legal y Órgano de Control Interno, bajo responsabilidad. Artículo Séptimo.- PRECISAR que en forma obligatoria la Gerencia Municipal utilizará, en las Resoluciones y demás documentos que expida, el membrete, el logotipo o sellos que emplean, el término, Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo Octavo.- ESTABLECER que los Recursos Impugnatorios contra las Resoluciones emitidas en primera instancia, serán resueltas en última instancia administrativa mediante acto Resolutivo por el Despacho de Alcaldía. Artículo Noveno.- SEÑALESE que Lo estipulado en el artículo segundo y tercero del presente Decreto será motivo de evaluación permanente y de las adecuaciones y correcciones respectivas. Artículo Décimo.- ENCOMENDAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Local, Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad, el cumplimiento estricto del contenido de la misma y disponer la trascripción de la misma a los órganos estructurados de la Municipalidad con las formalidades establecidas por Ley, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Décimo Primero.- DEJESE, sin efecto todo acto administrativo que se oponga al presente. Artículo Décimo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portal de la entidad y en el diario ofi cial de circulación que corresponda, asimismo, la difusión en los carteles municipales en lugares visibles, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 592847-2