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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2011 (21/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de enero de 2011 434693 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Reglamento de los Comedores Municipales del distrito de La Perla ORDENANZA Nº 001-2011-MDLP La Perla, 18 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Extra-Ordinaria de Concejo de fecha,18 de Enero del 2011, el Dictamen de la Comisión de Servicios Sociales sobre el Proyecto de Ordenanza de Aprobar el Reglamento de los Comedores Municipales del Distrito de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las “Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, de acuerdo al Artículo 84º numeral 2.11 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen las Funciones Específi cas Exclusivas de las Municipalidades Distritales “ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia”; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 023-2009- MDLP de fecha 14 de Octubre del 2009, se procedió a aprobar en su Artículo Primero: “La Creación del Comedor Municipal San Pedrito del Distrito de la Perla”. Que, mediante el Informe Nº 007-2011-SGPVLC- GSS-MDLP, la Sub. Gerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores, señala en la Jurisdicción del Distrito de La Perla, presenta una población en la cual se localiza un sector vulnerable compuesto por personas en pobreza, extrema pobreza especialmente ancianos, niños menores de edad y casos sociales con defi ciente alimentación y complementación nutricional, que no llegan a alcanza los estándares mínimos recomendados por las Naciones Unidas, en cuanto a la nutrición de las personas las mismas que son verifi cadas continuamente por medio de la Asistenta Social de la Entidad mediante Fichas Socio-Económicas a los benefi ciarios que requieren del servicio de los Comedores Municipales cuya entrega o distribución de menús son completamente gratuitas, cabe señalar que para poder realizar esta labor social se debe contar con una adecuada Base Legal por lo que la Sub Gerencia recomienda que mediante Ordenanza Municipal se apruebe el Reglamento de Comedores Municipales; Que, mediante el Informe Nº 008-2011/ GSS/ MDLP, La Gerencia de Servicios Sociales, opina que es procedente la aprobación del Proyecto de Reglamento de los Comedores Municipales, con la fi nalidad de normar el funcionamiento de los mismos ya que es un programa social que se brinda para benefi cio de las personas que se encuentran en estado de extrema pobreza contribuyendo así al reforzamiento de su alimentación y complemento nutricional de esta población tan vulnerable; Que, mediante el Informe Nº 014-2011- GAJ/ MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del Proyecto de Reglamento de Comedores del Distrito de La Perla motivo por lo cual debe ponerse a consideración del Concejo Municipal para su respectiva evaluación y considerarlo pertinente su aprobación; Que, en el Distrito de La Perla, existe la necesidad de brindar la alimentación de la población de menores recursos económicos, por intermedio de comedores administrado por esta corporación municipal, por lo que es necesario que se apruebe un reglamento de comedores municipales, que regule las obligaciones, deberes y derechos de cada uno de los participantes que otorga y recibe el benefi cio; Que, es necesario reglamentar, aclarando las obligaciones de los participantes sobre el funcionamiento de los Comedores Municipales del Distrito de La Perla, la que fuera aprobada su creación mediante el Acuerdo de Concejo Nº 023-2009-MDLP y en concordancia a la realidad y estructura estatal de acuerdo con el proceso de modernización y descentralización de gestión del Estado, conforme lo estable la Constitución Política del Estado; Que mediante Informe Nº 002-2011-GM-MDLP, la Gerencia Municipal remite la documentación al Despacho de Alcaldía para que tenga a bien elevar a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobación; Que mediante Ofi cio Nº 011-2011-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldía remite la documentación antes señalada al Presidente de la Comisión de Servicios Sociales para que emita el dictamen correspondiente; Que, mediante Dictamen la Comisión de Servicios Sociales emite opinión favorable de aprobar el Proyecto de Ordenanza que apruebe el Reglamento de Comedores del Distrito de La Perla; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los Señores(as) Regidores(as), con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO DE LOS COMEDORES MUNICIPALES DEL DISTRITO DE LA PERLA, que consta de XI Títulos, las mismas que se encuentran contenidos en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación del Texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las áreas competentes la publicación del presente dispositivo y Anexos en el Portal Institucional (www.munilaperla.gob. pe) Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 592513-1 Fijan montos de remuneración mensual del alcalde distrital y de dieta de regidores del Concejo Distrital ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2011-MDLP La Perla, 8 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 08 de Enero del 2011, el Proyecto de Acuerdo de Concejo sobre la Aprobación de la Remuneración del Alcalde y la Dieta de los (as) Señores (as) Regidores (as) de la Municipalidad Distrital de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía, política económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, la Ley Nº 28212 ordena en su segunda Disposición Final que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Concejo de Ministros, se establecerá el rango de niveles posibles de remuneración en función de