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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de enero de 2011 435070 Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Guangzhou, República Popular China, del 11 al 18 de febrero de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la Primera Reunión del Consejo Consultivo Empresarial del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (ABAC APEC) y en las reuniones a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 3 640,00 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el señor Julio José Chan Sánchez presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 595099-1 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Suiza para participar en la Reunión del Cluster de Subvenciones a la Pesca del Grupo de Negociación sobre las Normas de la OMC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2011-MINCETUR/DM Lima, 25 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Reunión del Cluster de Subvenciones a la Pesca del Grupo de Negociación sobre las Normas de la Organización Mundial del Comercio – OMC se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 7 al 11 de febrero de 2011, con el objeto de discutir temas tales como la especifi cidad y las disciplinas para las subvenciones a los combustibles, el ordenamiento pesquero, las propuestas de Marruecos, Argentina y Chile sobre trato especial y diferenciado, la propuesta de Panamá sobre un trato “De Minimis” y la propuesta presentada por Perú y Ecuador sobre disciplinas que permitirían el desarrollo de la Pesca Artesanal sostenible; Que, en tal razón, la Misión del Perú en Ginebra ha resaltado la importancia de contar con la participación de los sectores técnicos en dicha reunión, por lo que se considera conveniente que un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en el referido evento con el fi n de presentar elementos técnicos en la defensa de la posición peruana en las negociaciones de temas como la pesca artesanal, que representa un importante medio de vida, fuente de trabajo y de seguridad alimentaria dentro de la economía peruana; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje de la señorita Mariella Kasuko Amemiya Siu, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Mariella Kasuko Amemiya Siu, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 05 al 12 de febrero de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Reunión del Cluster de Subvenciones a la Pesca del Grupo de Negociación sobre las Normas de la Organización Mundial del Comercio – OMC, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 790,00 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 595100-1