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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (12/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436053 Laura Alegría García: - Viáticos (US$ 220,00 x 6 días) : US$ 1 320,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 845,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 602624-2 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 016-2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 11 de febrero de 2011 Visto el Memorándum N° 026-2011-PROMPERU/SG de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ ha programado su participación en la Feria Internacional de Turismo “XXX Vitrina Turística de ANATO 2011”, organizada por la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo - ANATO, a llevarse a cabo del 23 al 25 de febrero de 2011, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, evento que está dirigido a tour operadores mayoristas, agencias de viajes, compañías aéreas, establecimientos de hospedajes y demás empresas de servicios en el ramo del turismo; Que, la participación de PROMPERÚ en la feria mencionada le permitirá dar continuidad al trabajo de promoción que viene realizando en este mercado y diversifi car nuestra oferta turística promoviendo nuestros destinos turísticos; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Milagros Duran Vela y del señor Renzo Ugarte Riglos, quienes prestan servicios en dicha entidad, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de la señorita Milagros Duran Vela y del señor Renzo Ugarte Riglos, del 22 al 26 de febrero de 2011, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, en la Feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Milagros Duran Vela: - Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 289,00 Renzo Ugarte Riglos: - Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 289,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 602624-3 CULTURA Aprueban Plan Anual de Contrataciones del Año Fiscal 2011 de la Unidad Ejecutora Nº 007 - Marcahuamachuco RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL Nº 010-2011-SG-MC Lima, 10 de febrero de 2011 Visto el Ofi cio Nº 028-2011-UE-1371:MC-M/I de fecha 27 de enero de 2011 de la Jefatura de la Unidad Ejecutora 007 – Marcahuamachuco del Ministerio de Cultura, Nemónico 1371, mediante el cual solicita la aprobación del Plan Anual de Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público con pliego presupuestal del Estado; Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de septiembre de 2010, se dispuso la fusión por absorción en el Ministerio de Cultura, del Instituto Nacional de Cultura, entre otros organismos públicos; estableciendo en su artículo 2º que la fusión con dicha entidad concluiría el 30 de septiembre de 2010; Que, por Decreto de Urgencia Nº 066-2010 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de octubre de 2010, se establecen medidas extraordinarias orientadas a transferir los recursos vinculados al proceso de fusión a favor del Ministerio de Cultura, así como las disposiciones necesarias para garantizar de manera inmediata el adecuado funcionamiento del Ministerio de Cultura, manteniendo vigentes los documentos de gestión del Instituto Nacional de Cultura, hasta la aprobación de los que corresponde al Ministerio; Que, el artículo 8º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Contrataciones, el mismo que será aprobado por el