Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2011 (12/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
2. De la Aprobacion:

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2011

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican Directiva "Normas para la Formulacion, Aprobacion y Modificacion de Directivas en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2011-TR
MORDAZA, 11 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 276-2010-TR, se aprobo la Directiva Nº 004-2010-MTPE/4 "Normas para la Formulacion, Aprobacion y Modificacion de Directivas en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo", la misma que establece criterios para la elaboracion de dichos instrumentos; Que, a fin de lograr una mejor operatividad y funcionalidad en el MORDAZA de aprobacion de Directivas, resulta necesario modificar algunas disposiciones de la mencionada MORDAZA y; en particular, las referidas a las funciones asignadas a los organos encargados de emitir opinion tecnica previa y quienes participan en la aprobacion de la misma; Que, asimismo, en el MORDAZA de aprobacion de directivas, resulta conveniente incorporar lo establecido por el articulo 21º de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo, en la que dispone que la Direccion General de Inspeccion del Trabajo, en su calidad de Autoridad Central del Sistema de Inspeccion y Ente Rector del Sistema Funcional de Inspeccion del Trabajo, cuenta con la facultad de emitir directrices tecnicas para el mejor funcionamiento del sistema, facultad establecida en el articulo 57º del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, atendiendo a las consideraciones expuestas, y, a efectos de mejorar la operatividad y funcionalidad en el MORDAZA de elaboracion y formulacion de las directivas, se debe modificar la Directiva Nº 004-2010-MTPE/4 "Normas para la Formulacion, Aprobacion y Modificacion de Directivas en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo"; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Organizacion y Modernizacion, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Titulo IV y el articulo 2 del Titulo VI de la Directiva Nº 004-2010-MTPE/4 "Normas para la Formulacion, Aprobacion y Modificacion de Directivas en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo", los cuales quedaran redactados de la siguiente forma: "IV. ALCANCE La presente directiva es de aplicacion para todos los organos, unidades organicas, dependencias, programas y/o proyectos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con excepcion de las directivas emitidas por la Direccion General de Inspeccion del Trabajo, las cuales se sujetan a sus disposiciones especificas. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS (...)

2.1 Los organos, unidades organicas, dependencias, programas y/o proyectos proponentes remiten el proyecto de aprobacion o modificacion de Directiva, a la Oficina General de Asesoria Juridica para la opinion legal correspondiente. El referido proyecto debe ser acompanado por la Exposicion de Motivos, proyecto de Resolucion aprobatoria y los anexos respectivos, debidamente visados por el area proponente y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en senal de conformidad con la estructura formal del proyecto. La visacion a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto debera ser efectuada el mismo dia de su remision. 2.2 La Oficina General de Asesoria Juridica, evalua el proyecto de directiva en los aspectos de su competencia, emitiendo la correspondiente opinion legal en un plazo no mayor de 02 dias habiles de recibida: 2.2.1 De encontrarla conforme, proyecta y visa el proyecto de Resolucion que aprobara la directiva y gestiona su aprobacion y visacion por el nivel correspondiente. 2.2.2 De no encontrarla conforme, remite la opinion legal al proponente a fin de realizar el levantamiento de las observaciones formuladas, las cuales seran efectuadas en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles de recibidas. En cualquier caso y, cuando las circunstancias lo ameriten o, dada la relevancia de la materia cuya aprobacion se solicita, la Oficina General de Asesoria Juridica podra recomendar la opinion tecnica o visacion previa del Despacho Viceministerial competente. 2.3 Con la visacion respectiva la Oficina General de Asesoria Juridica remite el proyecto de directiva al organo proponente. En aquellos casos en que la aprobacion de la directiva requiera refrendo Ministerial o Viceministerial, la Oficina General de Asesoria Juridica remitira a la Secretaria General el proyecto de directiva para gestionar su aprobacion y, de ser el caso, su correspondiente difusion y publicacion. 2.4 Las Directivas seran aprobadas por los siguientes dispositivos normativos: 2.4.1 Por Resolucion Ministerial Aquellas que la Alta Direccion considere aprobar por su naturaleza o importancia. 2.4.2 Por Resolucion Viceministerial Aquellas que estan referidas al ambito de su competencia. 2.4.3 Por Resolucion de Secretaria General Aquellas cuyo cumplimiento compete a dos o mas Oficinas o Direcciones Generales, en materia de gestion administrativa o documentaria. 2.4.4 Por Resolucion Directoral Aquellas cuyo cumplimiento compete unicamente a la Oficina o Direccion General que la aprueba". Articulo 2º.- Las directivas que emite la Direccion General de Inspeccion del Trabajo, en su calidad de Autoridad Central del Sistema de Inspeccion y Ente Rector del Sistema Funcional de Inspeccion del Trabajo, se sujetan a las disposiciones, procedimiento y estructura que para tal efecto emita la mencionada Direccion General. MORDAZA de la referida MORDAZA sera puesta en conocimiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

602517-1

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