Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2011 (17/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436401

VISTA la solicitud de subsanacion para inscripcion de la lista de candidatos a representantes ante Parlamento MORDAZA, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la Alianza Electoral "ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO", con motivo de participar en las Elecciones Generales del ano 2011. CONSIDERANDO Los articulos 4 de la Ley N° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento MORDAZA, 112, 113 y 114 de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, establecen los requisitos minimos para ser elegido representante ante el Parlamento MORDAZA y, por consiguiente, pueda procederse a su inscripcion. Los articulos 10, 11, 13, 14 y 15 del Reglamento de Inscripcion de Formulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del ano 2011, aprobado mediante Resolucion N° 5004-2010-JNE, senalan los requisitos para ser candidato y lo que debe observar toda organizacion politica en la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino. Mediante Resolucion N° 00001-2011-JEELC/JNE notificada y publicada el 12 de febrero de 2011, este MORDAZA Electoral Especial declaro la inadmisibilidad de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a representantes ante el Parlamento MORDAZA presentada el 9 de febrero de 2011. Sobre el particular, este Colegiado advierte que se ha cumplido con subsanar en parte las observaciones advertidas en los siguientes terminos: a. Respecto al candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que va con el numero 9 de la lista, en el item Declaracion Patrimonio -Ingresos de su Hoja de MORDAZA indica percibir del sector publico una remuneracion mensual de S/. 800 nuevos soles, no resulta necesario agregar o quitar informacion, toda vez que el referido candidato resulta ser cesante. b. Respecto a la candidata MORDAZA EDULIA MORDAZA MORDAZA, que va con el numero 11 de la lista, senala haber cursado Estudios Primarios en GUE Costa Rica-Cercado de MORDAZA y Estudios Secundarios en G.U.E. MORDAZA AmaruCercado de MORDAZA, lo cual corresponde ser agregado en su Declaracion Jurada de MORDAZA via anotacion marginal. c. Con respecto a la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, quien es servidora del Estado no acredita haber tramitado su licencia sin goce de haber, por lo que incumple lo dispuesto en el articulo 114 de la Ley N 26859, Ley Organica de Elecciones, en consecuencia corresponde declarar improcedente su candidatura y excluirla de la lista de candidatos. De conformidad con el articulo 20 y 21 del Reglamento de Inscripcion de Formulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del ano 2011, aprobado mediante Resolucion N° 5004-2010-JNE el MORDAZA Electoral Especial publicara por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano la resolucion de admision de lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino; asimismo, publicara en el MORDAZA Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE), asi como en el panel del JEE. Ello, con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec) pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos que integren la lista, dentro de los tres dias naturales siguientes a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inscripcion de la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE CASTRO; en consecuencia, EXCLUYASE a la referida ciudadana de la lista de candidatos para el Parlamento MORDAZA presentada por la Alianza Electoral "ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO".

Articulo Segundo.- ADMITIR PARCIALMENTE y DISPONER la publicacion de la lista de candidatos para el Parlamento MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la Alianza Electoral "ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO" con motivo de participar en las Elecciones Generales del ano 2011, conforme al siguiente detalle:
LISTA DE CANDIDATOS A REPRESENTANTES PARA EL PARLAMENTO MORDAZA NOMBRES Y APELLIDOS 1. 2. 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARON, Sr. MORDAZA MORDAZA DE RIVERO MORDAZA Sr.(a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANAVAL Sr. MORDAZA ARBOLEDA MORDAZA Sr.(a) LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA TOMATIS CHIAPPE Sr.(a) MORDAZA EDULIA MORDAZA MORDAZA, --------------------------EXCLUIDA --------------------------------Sr.(a) MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA GRAJEDA MORDAZA, DNI 19855360 25630868 17837486 29597442 06688341 31040083 08630786 42638088 16484769 08253704 07247744 ----------17967526 08254187 10305232

Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Direccion Nacional de Registro Estadistico del MORDAZA Nacional de Elecciones a efectuar la anotacion marginal en "Educacion basica regular item Formacion Academica" de la Declaracion Jurada de Hoja de la candidata MORDAZA EDULIA MORDAZA MORDAZA, DEBE DECIR: PRIMARIA: GUE Costa Rica-Cercado de MORDAZA y SECUNDARIA: G.U.E. MORDAZA Amaru-Cercado de Lima. Articulo Cuarto.- REMITIR la presente resolucion a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, oficiandose para tal efecto. Articulo Quinto.- OFICIESE al Diario Oficial El Peruano a fin de que publique por una sola vez, la presente resolucion bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 2 de la Ley N° 29091. Registrese, comuniquese y publiquese. SS MORDAZA ORDONEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario 604038-1

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Yauli, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 013-2011-MP-FN-JFS MORDAZA, 16 de febrero de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLEA, al cargo de Fiscal Adjunta

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