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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (17/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de febrero de 2011 436401 VISTA la solicitud de subsanación para inscripción de la lista de candidatos a representantes ante Parlamento Andino, presentado por Juan Carlos Gonzalo Hidalgo, personero legal titular de la Alianza Electoral “ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011. CONSIDERANDO Los artículos 4 de la Ley N° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, 112, 113 y 114 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establecen los requisitos mínimos para ser elegido representante ante el Parlamento Andino y, por consiguiente, pueda procederse a su inscripción. Los artículos 10, 11, 13, 14 y 15 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución N° 5004-2010-JNE, señalan los requisitos para ser candidato y lo que debe observar toda organización política en la presentación de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino. Mediante Resolución N° 00001-2011-JEELC/JNE notifi cada y publicada el 12 de febrero de 2011, este Jurado Electoral Especial declaró la inadmisibilidad de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada el 9 de febrero de 2011. Sobre el particular, este Colegiado advierte que se ha cumplido con subsanar en parte las observaciones advertidas en los siguientes términos: a. Respecto al candidato PEDRO CELESTINO CISNEROS CALDERON, que va con el número 9 de la lista, en el ítem Declaración Patrimonio -Ingresos de su Hoja de Vida indica percibir del sector público una remuneración mensual de S/. 800 nuevos soles, no resulta necesario agregar o quitar información, toda vez que el referido candidato resulta ser cesante. b. Respecto a la candidata CARMEN EDULIA ZAPATA DIAZ, que va con el número 11 de la lista, señala haber cursado Estudios Primarios en GUE Costa Rica-Cercado de Lima y Estudios Secundarios en G.U.E. Túpac Amaru- Cercado de Lima, lo cual corresponde ser agregado en su Declaración Jurada de Vida vía anotación marginal. c. Con respecto a la candidata CARMEN ROSA VERGARA LÒPEZ DE CASTRO, quien es servidora del Estado no acredita haber tramitado su licencia sin goce de haber, por lo que incumple lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley N 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en consecuencia corresponde declarar improcedente su candidatura y excluirla de la lista de candidatos. De conformidad con el articulo 20 y 21 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, aprobado mediante Resolución N° 5004-2010-JNE el Jurado Electoral Especial publicará por una sola vez en el Diario Ofi cial El Peruano la resolución de admisión de lista de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino; asimismo, publicará en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), así como en el panel del JEE. Ello, con la fi nalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (Reniec) pueda formular tacha contra cualquiera de los candidatos que integren la lista, dentro de los tres días naturales siguientes a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inscripción de la candidata CARMEN ROSA VERGARA LÓPEZ DE CASTRO; en consecuencia, EXCLÙYASE a la referida ciudadana de la lista de candidatos para el Parlamento Andino presentada por la Alianza Electoral “ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO”. Artículo Segundo.- ADMITIR PARCIALMENTE y DISPONER la publicación de la lista de candidatos para el Parlamento Andino, presentada por Juan Carlos Gonzalo Hidalgo, personero legal titular de la Alianza Electoral “ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO” con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011, conforme al siguiente detalle: LISTA DE CANDIDATOS A REPRESENTANTES PARA EL PARLAMENTO ANDINO NOMBRES Y APELLIDOS DNI 1. Sr. HILDEBRANDO TAPIA SAMANIEGO 19855360 2. Sr. JAVIER OTONIEL PARDO NIMA 25630868 3 Sr. WALTER ARTURO RAMOS BARON, 17837486 4 Sr. CARLOS EDUARDO DE RIVERO BUSTAMANTE 29597442 5 Sr.(a) ELSA CARMEN VEGA FERNANDEZ 06688341 6 Sr. WASHINGTON GUALBERTO PALOMINO CANAVAL 31040083 7 Sr. SAMUEL ARBOLEDA PARIONA 08630786 8 Sr.(a) LUZ AMALIA ZAMORA MEJIA 42638088 9 Sr. PEDRO CELESTINO CISNEROS CALDERON 16484769 10 Sr. BRUNO AUGUSTO TOMATIS CHIAPPE 08253704 11 Sr.(a) CARMEN EDULIA ZAPATA DIAZ, 07247744 12 --------------------------EXCLUIDA --------------------------------- ----------- 13 Sr.(a) FLOR DE MARIA NOLASCO PEREZ 17967526 14 Sr. GONZALO RODOLFO SALAZAR LEON 08254187 15 Sr. BRAULIO JUAN DE DIOS GRAJEDA BELLIDO, 10305232 Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Registro Estadístico del Jurado Nacional de Elecciones a efectuar la anotación marginal en “Educación básica regular ítem Formación Académica” de la Declaración Jurada de Hoja de la candidata CARMEN EDULIA ZAPATA DIAZ, DEBE DECIR: PRIMARIA: GUE Costa Rica-Cercado de Lima y SECUNDARIA: G.U.E. Túpac Amaru-Cercado de Lima. Articulo Cuarto.- REMITIR la presente resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto. Artículo Quinto.- OFICIESE al Diario Ofi cial El Peruano a fi n de que publique por una sola vez, la presente resolución bajo responsabilidad funcional de conformidad lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Veliz Escobar Secretario 604038-1 MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Yauli, Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 013-2011-MP-FN-JFS Lima, 16 de febrero de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia presentada por la doctora MIRTHA GLADYS CUBILLAS OLEA, al cargo de Fiscal Adjunta