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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (18/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436446 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluido nombramiento de fiscal adjunto y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 235-2011-MP-FN Lima, 17 de febrero de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Jorge Rolando Cipra Solar, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del distrito judicial de Tumbes, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 427-2009-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2009, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinentes por las quejas y/o denuncias interpuestas en el ejercicio de su función fi scal. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de Tumbes, para que disponga lo conveniente respecto a la atención de los requerimientos que presente el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, mientras se designe al Fiscal Adjunto Provincial. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 604509-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Arequipa, Lima y Lambayeque RESOLUCIÓN SBS N° 1601-2011 Lima, 9 de febrero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice la apertura de tres (03) Agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa, Lima y Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de las Agencias solicitadas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., la apertura de tres (03) Agencias ubicadas en: i) Av. Porongoche s/n (Centro Comercial Mall Aventura Plaza de Arequipa), distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; ii) Valle de Ate, con frente al parque y a la Calle N° 14, constituido por parte de la Mz. 27-B, de la agrupación rural el Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y iii) Calle José Balta 1699, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 603760-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Exoneran al Gobierno Regional de los procesos de selección para la adquisición o contratación de bienes y servicios destinados a atender la situación de emergencia creada por lluvias y aumento en el caudal de los ríos ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0004-2011-GORE-ICA Ica, 11 de febrero de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión extraordinaria del diez de febrero del año dos mil once. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 11º, concordante con el inciso 1) del artículo 15º, artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, el Consejo Regional, está facultado entre otras, aprobar mediante Acuerdo de Consejo Regional, la declaración de la causal de situación de emergencia y la consiguiente exoneración de los procesos de selección que corresponda, con arreglo a Ley; Que, en ejercicio de la facultad precisada en el considerando precedente el Consejo Regional, en atención a lo solicitado mediante Ofi cio Nº 146-2011- GORE ICA/PR y demás documentos, por la Presidencia Regional, sobre declaración en situación de emergencia