Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal (...); Que, el articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y su modificatoria aprobada por Decreto Legislativo Nº 953, establece, entre otros, que "En los casos de los tributos administrados por los gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT"; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT publicada el 17.02.2010, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, vigente a la fecha, fijo en 1.2% mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA aprobo mediante Ordenanza Municipal Nº 213-MVES publicada con fecha 28.08.2010, la TIM aplicable para el ejercicio fiscal 2010; haciendose necesaria la aprobacion de la Tasa de Interes Moratorio aplicable para el presente ejercicio fiscal y para los subsiguientes, en tanto la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria no modifique dicha cuantia; Que, conforme a lo expuesto resulta necesario establecer la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias no canceladas oportunamente, generadas por tributos administrados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El Salvador; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8) del Art. 9º, asi como el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Mayoritario del Concejo Municipal, asi como la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO ­ TIM APLICABLE A LOS TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA Articulo 1º.- FIJESE en 1.2% mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM) porcentaje establecido por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/ SUNAT publicada el 17.02.2010, aplicable a la deuda tributaria correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA El Salvador. Articulo 2º.- La Tasa de Interes aprobada para el presente ejercicio fiscal se mantendra vigente, en tanto la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), no modifique la cuantia de la Tasa de Interes Moratorio aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional de los tributos que MORDAZA administra. Articulo 3º.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA institucional: www.munives.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 604621-3

POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Visto: El Dictamen Nº 004-2011-CR/MVES de fecha 08.02.2011 presentado por la Comision de Rentas de esta Corporacion Edil. CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomia que la Constitucion establece radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion; Que, el articulo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos; en tanto que el inciso 9) del articulo 9º de la mencionada Ley, establece que el Concejo Municipal tiene como atribucion crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 221-MVES se aprueban los arbitrios de gestion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) y Gestion de Areas Verdes (Parques y Jardines) para el ano 2011, publicada el 31 de diciembre del 2010, debidamente ratificada mediante Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Nº 519 debidamente publicado con fecha 31 de diciembre del 2010, MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Ordenanza Municipal Nº 221-MVES en su articulo 2º establece que, "Para el ejercicio 2011, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de gestion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) y gestion de areas verdes (Parques y Jardines) establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 194-MVES, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 195-MVES de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 514MML-2009, publicado el 31 de diciembre del 2009 en el Diario Oficial El Peruano"; Que, mediante el documento senalado en la parte expositiva, la Gerencia de Rentas senala que ha efectuado un analisis respecto a la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 221-MVES, y se ha podido determinar: a) Que, para el caso de predios con uso MORDAZA habitacionvivienda (de zonas comerciales y no comerciales), los montos a pagar del ejercicio fiscal 2011, se veran incrementados sustancialmente respecto al ejercicio fiscal 2010 en el Arbitrio de Gestion de Residuos Solidos (Limpieza Publica), conforme se aprecia del cuadro Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza Municipal; consecuentemente; no se estaria dando cumplimiento al MORDAZA real de la norma; CUADRO Nº 01 ANALISIS DE APLICACION DE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 221-MVES PREDIOS QUE SUFREN AUMENTO EN LA TASA DE ARBITRIOS RESIDUOS SOLIDOS (LIMPIEZA PUBLICA) TARIFA DEL ANO 2011: LIMPIEZA PUBLICA USO: MORDAZA comerciales) Habitacion Vivienda (zonas no

Fijan monto de Arbitrios de Residuos Solidos para predios con uso de MORDAZA habitacion - vivienda (zonas comerciales y no comerciales) y establecen beneficios por pago adelantado y oportuno para el ejercicio fiscal 2011
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 231-MVES MORDAZA El MORDAZA, 09 de febrero de 2011

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