Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436541

Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 0012009-MDJM de fecha 09 de enero del 2009 se desconcentraron facultades resolutivas a las Gerencias y Subgerencias de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, la Ordenanza N° 351-MDJM de fecha 25 de noviembre del 2010 modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones incorporando como funcion de la Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro, la facultad de iniciar y ejecutar procedimientos coactivos de ejecucion forzosa de las medidas correctivas de las Resoluciones de Sanciones administrativas y medidas cautelares; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Unico.- INCORPORASE al numeral 2.2.8 del parrafo 2.2. del Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia N° 001-2009-MDJM de fecha 09 de enero del 2009, el siguiente literal: "Articulo Segundo.- FACULTADES RESOLUTIVAS EN PRIMERA INSTANCIA (...) 2.2. Los procedimientos que se resuelven en sede administrativa son los siguientes: (...) 2.2.8. Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente (...) · Iniciar y ejecutar, a traves del procedimiento coactivo de ejecucion forzosa, las medidas correctivas de las Resoluciones de Sanciones administrativas y medidas cautelares". Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 604490-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Fijan montos de remuneracion mensual de MORDAZA y de dieta de regidores del Concejo Municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2011/MDSM San MORDAZA, 10 de febrero de 2011 VISTOS, en la sesion de concejo de la fecha, el memorando Nº 118-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 065-2011-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el informe Nº 035-2011-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el memorando Nº 138-2011-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el informe Nº 089-2011SGRH/MDSM emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo

del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, el mismo que debe publicarse obligatoriamente, a su vez el articulo 12º, dispone que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas, igualmente, por acuerdo de concejo municipal dentro del mismo periodo y bajo la misma premisa de publicacion para que cobre vigencia, en uno y otro caso, los montos mensuales de remuneraciones y dietas son fijados discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; Que, la ley Nº 28212, referida a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades, preve en su articulo 4º numeral 1 literal e) que los alcaldes distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el concejo municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y MORDAZA unidades remunerativas del sector publico, por todo concepto, asimismo los regidores municipales reciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos concejos municipales, de conformidad con lo que dispone la ley organica, sin superar en ningun caso el treinta por ciento de la remuneracion mensual del MORDAZA correspondiente; Que, a traves de los informes de vistos las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y Administracion y Finanzas reportan que el importe de la remuneracion mensual del MORDAZA asciende a S/. 7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles), cuya partida especifica es 2.1.1.1.1.1 "Funcionarios elegidos por eleccion" fuente 02 "Recursos directamente recaudados", rubro 09 "Recursos directamente recaudados" y la dieta de los regidores asciende a S/. 2,340.00 (dos mil trescientos cuarenta con 00/100 nuevos soles), cuya partida especifica es 2.1.1.10.1.2 "Dieta de regidores y concejeros", fuente de financiamiento 05 "Recursos Determinados" rubro 08 "Otros impuestos municipales" del Presupuesto Institucional de Apertura 2011 de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Estando a lo informado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, en uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9° numeral 28) de la ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Por mayoria: SE ACORDO: Articulo 1º.- FIJAR en S/.7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles), el importe de la remuneracion mensual del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Articulo 2º.- FIJAR la dieta de los regidores del Concejo Municipal del Distrito San MORDAZA en S/. 1,170.00 (mil ciento setenta con 00/100 nuevos soles), por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) sesiones por mes, equivalente al treinta por ciento del importe de la remuneracion mensual del alcalde. Articulo 3º.- PUBLICAR el presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cabal cumplimiento del presente. Articulo 4º.- DISPENSAR el presente acuerdo, del tramite de lectura y aprobacion del acta. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 604817-1

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