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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (19/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de febrero de 2011 436551 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del T.U.O. del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que, los gobiernos locales no tienen limitación alguna para exonerar, modifi car o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su administración; Que, es política de la actual administración municipal incentivar el pago oportuno de los tributos que administra, siendo necesario adoptar medidas que benefi cien a los contribuyentes que cumplen oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias ante la Municipalidad de La Perla; y asimismo a contribuyentes que deben pagar con un descuento especial por su especial condición lo cual se precisa en la presente Ordenanza; Que, mediante Ofi cio Nº 039-2011-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldía remite a la Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, la documentación para la emisión del dictamen respectivo; Que, mediante dictamen la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto emite opinión favorable de aprobar el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un régimen de Benefi cios Tributarios para el ejercicio 2011, estando con las opiniones de de la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Memorandum N° 047-2011-GAT-MDLP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum Nº 026-2011-GPYP-MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 074-2011-GAJ/ MDLP y de la Gerencia Municipal mediante el informe N° 024-2011-GM-MDLP; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Artículo 9º numeral 8) y 9), Artículos 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura a aprobación del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otórguese a favor de los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de La Perla los benefi cios tributarios para el ejercicio 2011 según se detallan: 1. Los contribuyentes obtendrán el 50% de descuento en el pago de sus arbitrios municipales por concepto de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo siempre y cuando paguen dentro de la fecha de vencimiento de cada cuota mensual. 2. Los contribuyentes que cancelen el monto total anual del impuesto predial y arbitrios municipales hasta el 31/03/2011, tendrán un descuento del 10% del total de los arbitrios municipales, adicional al benefi cio al que se refi ere el numeral precedente. 3. Los propietarios de un solo inmueble con uso de vivienda y, que dentro de su propiedad exista un anexo declarado con uso de comercio, o servicio pagarán solo los arbitrios de mayor monto, por concepto de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, y Serenazgo, siendo condonados los arbitrios de menor monto. 4. La Compañía General de Bomberos, los predios destinados a Iglesias, Templos, Conventos y Monasterios, Colegios Estatales, Centros de Salud pertenecientes al Estado, Comisarías, predios de uso y propiedad de la Policía Nacional del Perú, tendrán un descuento del 100% en el pago de arbitrios municipales de Barrido de Calles; Recolección de Residuos Sólidos Parques y Jardines; y Serenazgo. 5. Los predios que se encuentren en estado ruinoso, debidamente verifi cado y previo Informe de la Sub. Gerencia de Obras Privadas y Catastro, tendrán un descuento del 100% en el pago de los arbitrios municipales. Artículo Segundo.- Los benefi cios otorgados a que se refi ere el Artículo primero de la presente Ordenanza son excluyentes entre sí, a excepción de los numerales 1 y 2 de dicho artículo. Artículo Tercero.- Prorróguese hasta el 31/03/2011 el plazo de vencimiento para el pago del 1er trimestre, o pago anual del Impuesto Predial – 2011, y de los meses de Enero, Febrero y Marzo de los Arbitrios Municipales – 2011. Artículo Cuarto.-Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 604876-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Prorrogan plazo de vigencia del Régimen de Incentivos Tributarios a favor de contribuyentes establecido en la Ordenanza Nº 014-2010-MPH DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2011-MPH Huaral, 31 de enero de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El informe Técnico Nº 003-2011-GAT/MPH de fecha 25 de Enero del 2011, a través del cual la Gerencia de Administración Tributaria propone se prorrogue la Ordenanza Municipal Nº 014-2010-MPH; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades). Que, por medio de la Ordenanza Municipal Nº 014-2010- MPH de fecha 30 de Noviembre de 2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de Diciembre de 2010, se establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 014-2010-MPH, faculta al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la misma. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Único.- Prorróguese el plazo establecido en el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 014-2010-MPH, que establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, por 30 días útiles contados a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 604198-1