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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2011 (01/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de julio de 2011 445701 Que a través de la Resolución N° 197-2011-JNE (14ABR2011), el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el uso del Padrón Electoral elaborado por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), para el proceso de Elecciones Municipales Complementarias señaladas precedentemente; Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar para elegir a los alcaldes y regidores de los 34 distritos a nivel nacional en donde se realizarán las Elecciones Municipales Complementarias, deben emplear su Documento Nacional de Identidad, teniendo en cuenta su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37° de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad tiene una vigencia de ocho años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 95° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el Documento Nacional de Identidad que no sea renovado perderá su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el artículo 84° del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que la situación expuesta podría limitar la participación de los ciudadanos en las Elecciones Municipales Complementarias, para la elección de alcaldes y regidores en 34 distritos a nivel nacional; resultando necesario establecer lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participación ciudadana contenidos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos, o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Municipales Complementarias, para la elección de alcaldes y regidores en los 34 distritos a nivel nacional, señalados en el Decreto Supremo N° 025-2011-PCM; hasta el domingo 03 de julio del 2011. Artículo Segundo.- Precisar que dicha prórroga sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 659765-1 MINISTERIO PUBLICO Crean Distrito Judicial de Sullana RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 062-2011-MP-FN-JFS Lima, 28 de junio de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 396-2010-CE-PJ de fecha 2 de diciembre de 2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2010, creó el Distrito Judicial de Sullana. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 156- 2011-CE-PJ de fecha 8 de junio de 2011, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de junio de 2011, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la instalación y funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Sullana, a partir del 1 de julio del año en curso. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del Acuerdo Nº 2086, adoptado en sesión ordinaria de Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Distrito Judicial de Sullana, la misma que se encontrará conformada por los despachos fi scales siguientes: DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA 1º Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Sullana 2º Fiscalía Superior Penal de Apelación de Sullana Fiscalía Superior Mixta de Sullana 1º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana 2º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana 1º Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Sullana 2º Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Sullana Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Sullana 1º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Talara 2º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Talara Fiscalía Provincial Mixta de Talara Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Talara - Máncora 1º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca 2º Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca Fiscalía Provincial Mixta de Ayabaca Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 659788-1 Aceptan renuncia de Fiscal de la Nación como representante ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 063-2011-MP-FN-JFS Lima, 30 de junio de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 017-2011-MP-FN-JFS de fecha 18 de marzo de 2011, se designó al doctor José Antonio Peláez Bardales como representante del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período de la gestión institucional 2011-2012.