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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de julio de 2011 445690 en las instalaciones de distribución de media tensión, baja tensión y conexiones eléctricas, en función de la priorización de deficiencias tipificadas y/o porque se ha superado la tolerancia de la confiabilidad de la base de datos reportada por la empresa concesionaria; Que, en ese sentido, de acuerdo al artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptúa la presente norma del requisito de prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano por ser considerado de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699 y el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar como Anexo 16 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, la escala correspondiente a la tipifi cación de sanciones por incumplimiento del “Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO Nº 16 ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA Por incumplimiento de lo establecido en el “Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública” aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 228-2009-OS/CD. 1. MULTAS POR EXCEDER LA TOLERANCIA ESTABLECIDA PARA LA CONFIABILIDAD DE LA BASE DE DATOS DE DEFICIENCIAS DE MEDIA TENSIÓN. 1.1 Registro No Confi able de la Defi ciencia Se considera “Registro No Confi able” si hay diferencia entre la información que reporta la empresa distribuidora en la base de datos de defi ciencias y el estado de las defi ciencias constatadas en la supervisión, con el criterio siguiente: Cuadro Nº 1.1 Caso Estado de la Defi ciencia No Reportado por la concesionaria en la Base de Datos Encontrado en la supervisión de campo 1 Por Subsanar o Subsanación Defi nitiva o Subsanación Preventiva No existe, registro duplicado 2 No existe, registro mal identifi cado 3 No existe, instalación particular 4 Subsanación Defi nitiva* Por Subsanar 5 Subsanación Preventiva 6 Subsanación Preventiva** Por subsanar 7 No reportado Por subsanar 1.2 Tolerancias Para el cálculo de la multa, se establecen tolerancias para los Registros No Confi ables para el periodo de supervisión 2011 y para el 2012 en adelante, conforme a lo establecido en el cuadro siguiente: Cuadro Nº 1.2 Tolerancia de Registros No Confi ables Base de Datos Tolerancia (T) Hasta diciembre de 2011 15% Desde el 2012 en adelante 7% 1.3 Multas Unitarias y Fórmula para el Cálculo Las multas unitarias (Kst) por exceder la tolerancia en la confi abilidad de la base de datos de defi ciencias, se aplicarán por sector típico y en función de la extensión total de las líneas de media tensión, de acuerdo al cuadro siguiente: Cuadro Nº 1.3 Valores de Kst en UIT km red MT Sector Típico 1 2 3 4 5 y Especial Menos de 100 9,6 3,7 2,9 1,2 De 101 a 200 19,3 7,4 5,8 2,3 De 201 a 500 48,2 18,6 14,6 5,9 De 501 a 1000 136,2 96,4 37,2 29,2 11,7 De 1001 a 1500 204,2 144,6 55,7 43,8 17,6 De 1501 a 2000 272,3 192,8 74,3 58,5 23,4 De 2001 a 3000 408,5 289,2 87,7 35,1 De 3001 a 4000 116,9 46,9 De 4001 a 6000 70,3 De 6001 a 8000 93,7 1.4 Fórmulas para el Cálculo de la Multa por exceder la Tolerancia para la Confi abilidad de la base de datos de Defi ciencias de Media Tensión Las multas en UIT (Unidad Impositiva Tributaria) por sector típico y la multa total se aplican cuando el % de Registro No Confi able obtenido en la supervisión, según el sector típico (%NCst)de la base de datos de defi ciencias en las instalaciones de media tensión, excede la tolerancia (T) y se calculan con las fórmulas siguientes: Mst = Kst * (%NCst - T) Mtotal =Ms1 + Ms2 + Ms3 + Ms4 + Ms5 Donde: Kst = Valor en Kst en UIT, según el sector típico correspondiente. %NCst = % de Registro No Confi able obtenido en la supervisión, según el sector típico T = Tolerancia de Registro No Confi able Mst = Multa parcial (en UIT) para un sector típico, según corresponda. Mtotal = Multa total (en UIT), sumatoria de las multas parciales de cada sector típico aplicable. * Defi ciencia reparada o eliminada en forma defi nitiva. ** Subsanación temporal que reduce el riesgo.