TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de julio de 2011 445692 Las defi ciencias involucradas en las metas que son declaradas como no subsanadas (Dns) por la concesionaria, son afectas a la aplicación directa de la multa, pudiendo no requerirse de supervisión de las mismas. El costo social asociado al riesgo está relacionado directamente con el porcentaje de incumplimiento de todas las defi ciencias no subsanadas incluidas en las metas y con la última información actualizada del Nº de clientes regulados de la concesionaria (incluye todos los sectores típicos). 3. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE METAS ANUALES DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS EN LAS INSTALACIONES EN BAJA TENSIÓN Y CONEXIONES. 3.1 Multa Unitaria (Fst) y Tolerancia establecida por defi ciencia tipifi cada en las instalaciones de baja tensión y conexiones Las multas unitarias por cada tipifi cación son expresadas en UIT y se han establecido tolerancias (T) en bloques de sectores típicos urbanos (1, 2 y 3) y rurales (4, 5 y especial), tal como se muestra en el siguiente cuadro: Cuadro Nº 3.1 Tipifi cación Fst en UIT Tolerancia (T) Sectores 1, 2 y 3 Tolerancia (T) Sectores 4, 5 y especial Estructuras BT (EBT) 6002 0,1032 1,2% 2,5% 6004 0,0166 0,5% 1,5% 6006 0,0046 0,5% 1,5% 6008 0,0164 0,5% 1,5% 6024 0,0121 0,5% 1,5% 6026 0,0114 0,5% 1,5% 6028 0,0114 0,5% 1,5% Conductores BT (CBT) 7002 0,1024 0,25 def/km 0,50 def/km 7004 0,0142 0,25 def/km 0,50 def/km 7006 0,0165 0,25 def/km 0,50 def/km 7008 0,0233 0,08 def/km 0,15 def/km Conexiones Eléctricas (CE) 8002 0,0110 1,5% 3,0% 8004 0,0068 3,0% 6,0% 8006 0,0131 3,5% 7,0% 8008 0,0081 2,0% 4,0% 8010 0,0088 2,0% 4,0% 8012 0,0135 1,0% 2,0% 8016 0,0040 2,5% 5,0% 8026 0,0053 1,0% 2,0% 3.2 Fórmula para el Cálculo de la Multa Mst = (Ist- T) * Fst * Pst Donde: Mst : Multa parcial en UIT para cada defi ciencia tipifi cada y por cada sector típico. Ist : Nº def / Muestra st = Indicador de la defi ciencia, según el sector típico y tipifi cación. T : Tolerancia de la defi ciencia tipifi cada (Cuadro Nº 3.1) Pst : Parque de instalaciones, según el sector típico y tipo de instalación. Fst : Valor unitario de la multa, según la tipifi cación y grupo de tolerancias (Cuadro Nº 3.1) Y la multa total por incumplimiento de metas de subsanación de defi ciencias en las instalaciones eléctricas de baja tensión es: MBT = Mst1 + Mst2 + Mst3+ Mst4+ Mst5 Notas: Las sanciones se calculan para cada una de las 19 defi ciencias tipifi cadas (o según las metas anuales establecidas) y por cada sector típico, la sanción fi nal será la suma de ellas. Para el caso de la defi ciencia 7002, se contabiliza una defi ciencia por cada vano de baja tensión con la(s) defi ciencia(s). Para las defi ciencias 7004, 7006 y 7008, pueden existir más de una defi ciencia en un vano y son contabilizadas cada una de ellas en la muestra de supervisión. Los indicadores en CBT se expresan en def/km y los de EBT y CE en %. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 228-2009-OS/CD, se aprobó el “Procedimiento de Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, el cual establece la manera a seguir por las empresas concesionarias de distribución para el reporte a OSINERGMIN de defi ciencias en sus instalaciones, y el cumplimiento de metas anuales para la subsanación de defi ciencias existentes en las instalaciones de distribución y conexiones eléctricas, a fi n de garantizar la seguridad pública de la población. De acuerdo al Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública, OSINERGMIN, en función de las defi ciencias tipifi cadas para los sectores típicos y mediante muestras representativas, supervisará el cumplimiento de metas anuales para la subsanación de las defi ciencias en las Instalaciones de distribución eléctrica y conexiones eléctricas. Este procedimiento establece también que se sancionará a las concesionarias de distribución que superen la tolerancia de confi abilidad de la base de datos de defi ciencias de instalaciones de media tensión, reportadas en cada oportunidad. Dentro de este contexto, es necesario contar con una escala de multas que permita implementar lo dispuesto en el referido Procedimiento y que esté orientada a ser objetiva, disuasiva y racional, en la determinación de los montos que se impondrá como sanción a las empresas infractoras. En ese sentido, OSINERGMIN ha elaborado la Escala correspondiente, que comprende aquellas sanciones a imponer por incumplimiento de metas anuales de subsanación de defi ciencias en instalaciones de media tensión, baja tensión y conexiones eléctricas, así como por superar la tolerancia en la confi abilidad de la base de datos de defi ciencias de media tensión, reportada en el período correspondiente. Con este esquema de escala de multas se logrará el cumplimiento de los alcances del referido Procedimiento, a través de una efi ciente acción supervisora y sancionadora, considerando además que ello constituirá, por sí misma, una medida correctiva de aquellas actividades y situaciones defi cientes que perjudican el correcto desempeño del servicio público de electricidad. Finalmente, debemos mencionar que la Ley Nº 27631, que modifi ca la Ley Nº 27332, en lo relativo a la Función Normativa de OSINERGMIN, establece que esta función comprende la facultad de tipifi car las infracciones por incumplimiento del marco legal y de los contratos de concesión. En ese sentido, al amparo de esta Ley, es que debe procederse a incluir dentro de la Escala de Multas y Sanciones, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD, lo relativo a las sanciones por infracciones al “Procedimiento de Supervisión de las Instalaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”. 659763-1