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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2011 (01/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de julio de 2011 445678 Artículo 8°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Disposición Complementaria Final Única.– Precísese que los plazos establecidos en el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo para el cumplimiento de acciones por parte del Congreso de la República son de carácter tentativo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de junio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 659808-1 AGRICULTURA Designan funcionario responsable de brindar información referida al artículo 3º de la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00223-2011-INIA Lima, 27 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 0001-2010-INIA, de fecha 08 de Enero de 2010, se designó como Responsable de brindar información a que se contrae el artículo 3º de la Ley Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927, al Ing. José Enrique Agustín Polo Miranda, Secretario General del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 0201-2011- INIA, de fecha 08 de Junio de 2011, se aceptó la renuncia del Ing. José Enrique Agustín Polo Miranda, como Secretario General del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, en consecuencia resulta necesario, designar al funcionario que será responsable de brindar la información referida al artículo 3º de la Ley Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927; Estando a las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG; y con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Lic. WILSON RAUL HIDALGO ROBALINO, como funcionario Responsable de brindar información a que se refi ere el artículo 3º de la Ley Nº 27806, modifi cada por la Ley Nº 27927. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIDELINA DIAZ AQUINO Jefa Instituto Nacional de Innovación Agraria 659573-1 Crean Comité de Saneamiento Contable del Instituto Nacional de Innovación Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00226-2011-INIA Lima, 28 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 28708 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, encargado entre otras, de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/93.01 de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas se aprobó la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público”, la que tiene por objeto regular la obligatoriedad de las entidades públicas de efectuar las acciones administrativas necesarias para la revisión, análisis depuración de la información contable; Que, el artículo 4º de la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01, establece que los Titulares de las entidades públicas dispondrán la creación del Comité de Saneamiento Contable, el cual establecerá las acciones que permitan reconocer, clasifi car y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicación de las acciones de saneamiento contable e informará al Titular de la entidad pública de las acciones de saneamiento ejecutadas y los resultados alcanzados; Que, el Comité de Saneamiento Contable a que hace referencia el considerando anterior estará constituido por el Director General de la Ofi cina General de Administración , quien lo presidirá, el Jefe de la Ofi cina de Contabilidad, el Jefe de la Ofi cina de Tesorería, el Jefe de la Ofi cina de Logística, y por el Director del Órgano de Control Institucional, en calidad de veedor; Que, en mérito a lo expuesto corresponde disponer la creación del Comité de Saneamiento Contable del Instituto Nacional de Innovación Agraria; De conformidad con el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear el Comité de Saneamiento Contable del Instituto Nacional de Innovación Agraria, para los fi nes a que se contrae la Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01, el mismo que está conformado por los siguientes funcionarios: - El Director de la Ofi cina General de Administración, quien lo presidirá. - El Jefe de la Ofi cina de Contabilidad - El Jefe de la Ofi cina de Tesorería. - El Jefe de la Ofi cina de Logística.