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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2011 (06/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de julio de 2011 445904 ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA ORDENANZA QUE REGULA OPORTUNIDAD ÚNICA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS CON PRONTO PAGO Artículo 1º.- APROBAR, la ORDENANZA QUE REGULA OPORTUNIDAD ÚNICA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS CON PRONTO PAGO, el cual consta de 11 Artículos, 8 Capítulos y 11 Disposiciones Finales. Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente norma local en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus anexos en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.go.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los veintidós días del mes de junio del dos mil once. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 660511-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá” Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá”, suscrito el 26 de agosto de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 139-2010-RE, de 29 de diciembre de 2010, publicado el 30 de diciembre de 2010. Entró en vigor el 15 de mayo de 2011. 661395-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá sobre la Lucha contra la Pobreza” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá sobre la Lucha contra la Pobreza”, suscrito el 26 de agosto de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratificado por Decreto Supremo Nº 138-2010-RE, de 29 de diciembre de 2010, publicado el 30 de diciembre de 2010. Entró en vigor el 14 de abril de 2011. 661416-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación y Coordinación en Materia de Sanidad Vegetal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá” Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación y Coordinación en Materia de Sanidad Vegetal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá”, suscrito el 26 de agosto de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 024-2011-RE, de 07 de febrero de 2011, publicado el 08 de febrero de 2011. Entró en vigor el 15 de abril de 2011. 661415-1 PROYECTO CULTURA Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Mecanismos para canalizar los recursos provenientes del pago de compensaciones económicas u otros ingresos análogos, exclusivamente para la protección y beneficio de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, ubicados en reservas indígenas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2011-MC Lima, 30 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, se establece el régimen especial transectorial de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana que se encuentren en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, garantizando en particular sus derechos a la vida y a la salud salvaguardando su existencia e integridad; Que, conforme lo dispone la citada ley, las reservas indígenas son tierras delimitadas por el Estado peruano, de intangibilidad transitoria, a favor de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, y en tanto mantengan tal situación, para proteger sus derechos, su hábitat y las condiciones que aseguren su existencia e integridad como pueblos; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 28736, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, el MIMDES a través de la DGPOA articula el Régimen Especial Transectorial y establece los mecanismos para, entre otros, canalizar recursos provenientes del pago de compensaciones económicas u otros ingresos análogos, exclusivamente para la protección y benefi cio de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, ubicados en reservas indígenas. El MIMDES dictará la normatividad necesaria para que la DGPOA implemente el cumplimiento de esta disposición;