Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 11-2011-MSS MORDAZA de MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTOS: El Memorando Nº 856-2011-GDU-MSS, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 3622011-SGPUC-GDU-MSS y el Informe Nº 039-2011-ORLNAA-ACU de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 637-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y la Ordenanza Nº 388MSS, sobre la propuesta del Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 6), Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que, las municipalidades son competentes para; "Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial"; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, el numeral 1) del literal d) del Articulo 73º de la Ley Nº 27972, establece que las municipalidades, en atencion a su condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especificas o compartidas en las materias siguientes: Organizacion del espacio fisico - Uso del suelo en: 1.1. Zonificacion, 1.2. Catastro MORDAZA y rural, 1.3. Habilitacion MORDAZA, 1.4. Saneamiento fisico legal de asentamientos humanos 1.5. Acondicionamiento territorial, 1.6. Renovacion MORDAZA, 1.7. Infraestructura MORDAZA o rural basica, 1.8. Vialidad, 1.9. Patrimonio historico, cultural y paisajistico; Que, el Articulo 74º de la acotada Ley establece que, "Las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralizacion"; Que, el numeral 3.6 del inciso 3) del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo entre otras funciones, las de "Normar,

regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion en: 3.6.1. Habilitaciones Urbanas y 3.6.6. Las demas funciones especificas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia"; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su modificatoria la Ley Nº 29476 que establece que, "Las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, mediante Ordenanza 388-MSS del 16.06.2011, se aprobo la Ordenanza que Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, disponiendose en su Primera Disposicion Final que via Decreto de Alcaldia se apruebe el Reglamento que establece el procedimiento de habilitacion MORDAZA de Oficio, de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090, y se dicten las disposiciones adicionales que se requieran para implementar la presente ordenanza; Que, mediante Memorando Nº 586-2011-GDU-MSS del 23.06.2011, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite para opinion legal la propuesta normativa elaborada por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, contenida en el Informe Nº 397-2011SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, a merito de lo dispuesto en la Ordenanza 388-MSS; Que, con Informe Nº 397-2011-SGPUC-GDU-MSS de fecha 09.06.2011, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro senala que la propuesta normativa ha implementado las opiniones emitidas luego de efectuada la Prepublicacion del Proyecto de Ordenanza que "Regula el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio y Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos en el Distrito de MORDAZA de Surco" en el MORDAZA Institucional e indica como sustento tecnico de la propuesta normativa el Informe Nº 045-2011-ORL-NAAACU de fecha 23.06.2011. Que, mediante Informe Nº 637-GAJ-2011-MSS del 27.06.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS - Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general encontrandose el proyecto normativo materia del presente como parte de la prepublicacion del proyecto de Ordenanza originario; considerando legalmente Procedente la aprobacion del Decreto de Alcaldia propuesto conforme a la primera disposicion final de la Ordenanza Nº 388-MSS y de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090 del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, correspondiendo la emision del respectivo Decreto a traves del despacho de Alcaldia, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º numeral 6) y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; En uso de las facultades establecidas en el inciso 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que en ocho (08) Articulos forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicacion en el MORDAZA Institucional y en el

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